Deudas

Buenos días, todo depende de si tu abuela ha dejado testamento o no lo ha hecho.
Por otro lado los alimentos a los padres, deben de ser pagados por sus hijos, de acuerdo con las posibilidades económicas de cada uno. Además aquí uno de tus tíos se ha gastado el dinero que era de tu abuela, con lo que cuando fallezca tu abuela, si los demás herederos se han visto perjudicados en su legítima, o si tu abuela ha hecho un reparto específico en testamento de sus bienes, tu tío deberá devolver el dinero que cogió de la herencia de tu tía en vida, para computarlo en el reparto de la herencia.
Por otro lado me dices si tu madre es responsable de dicha deuda, por ser viuda de un hijo suyo, pues bien decirte que tu madre como viuda no es heredera de tu abuela, sino que el heredero legal de tu abuela por derecho de representación de tu padre fallecido, eres tu, con lo que la herencia que le correspondía a tu padre por parte de tu abuela, te corresponde a ti, y si existen deudas, tu y tus hermanos (si es que tienes) las heredareis, en las mismas proporciones que vuestros tíos, aunque en tu caso si sois varios hermanos, heredareis lo que le corresponda a cada uno de tus tíos, entre los que seáis por partes iguales, esto siempre y cuando tu abuela no haya hecho testamento en el que se diga lo contrario.
El día que repartáis la herencia de vuestra abuela, debéis hacer una escritura de renuncia "pura y simple" a la herencia de la misma, ya que de esta manera no adquiriréis las deudas que dejó tu abuela, y en el caso de que los acreedores posteriormente quieran recuperar el dinero, irán contra el tío que aparecía como titular en la cuenta junto con tu abuela, y no contra los demás herederos, en primer lugar, y si no pueden cobrar de ese tío por ser insolvente, o no tener bienes, entonces actuarán contra el resto de los herederos, pero en principio irán contra el tío deudor.
Debéis saber si tu abuela hizo testamento o no, para ello es necesario que acudas al juzgado del lugar de residencia de tu abuela y solicites un certificado literal de defunción, y compres en un estanco un sobre para solicitar el certificado de actos de últimas voluntades en madrid, rellenas el sobre, y lo envías junto con el certificado literal de defunción. Te contestarán en un mes más o menos diciendo si tu abuela hizo testamento y ante que notario, si hizo testamento deberás acudir al notario a pedir una copia del último que hizo, y en función de lo que diga habrá que repartir la herencia.
En un primer lugar deberíais decir a todos los herederos que tu tío devuelva ese dinero para repartirlo en la herencia, y luego pagar entre todos las deudas de la residencia. Si no lo quiere hacer se puede solicitar una partición judicial de la herencia, en la que se pida que ese tío devuelva el dinero, ya que se podrá probar que lo sustrajo con los movimientos de la cuenta, y que provenía de la venta de la vivienda de tu abuela, con las escrituras de compraventa. Con eso lo normal es que el juez, diga que devuelva el dinero, y os lo repartáis, y luego tendréis que pagar las deudas entre todos en función a la herencia obtenida.
Si no actuáis judicialmente o no devuelve el dinero, os recomiendo que cuando repartáis la herencia, hagáis una renuncia "pura y simple" a la misma, para no responder de las deudas frente a los acreedores. La renuncia debe ser pura y simple, y NO en "favor de".
Saludos, espero que se vayan aclarando las cosas.

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