Problemas de comunidad (Urgente)

Ante todo perdonad por ir metiendo prisas pero es que me hallo en una situación con poco margen de tiempo.Soy presidente de una pequeña comunidad de vecinos en Gijón-Asturias y acabo de recibir un buró-fax de un propietario que reside fuera. El caso es que estamos en medio de unas obras para cambiar la cometida general de Agua entre otras cosas y la empresa municipal de Aguas nos propuso instalar un contador único (hasta ahora los tenemos individuales)ofreciéndonos una serie de ventajas. En reunión celebrada el 10-3-06 acuden todos los vecinos excepto el citado(que por otra parte no acude nunca)pese a haber sido debidamente avisado.Se acuerda por unanimidad de los presentes la obra incluyendo el tema del contador siendo considerada este acta como suficiente para la empresa de aguas para acometer la obra. Bien, pues 40 días después es decir hoy, recibo el buró-fax instándome a celebrar una nueva reunión pues el no da su permiso para la obra.El problema es que la obra ya esta pagada y prácticamente finalizada.Mi duda es ¿qué hacer? Porque no puedo echar abajo toda la instalación de fontanería. ¿En qué medida afecta a sus derechos todas sus irregularidades? A saber:
- No tiene al día los pagos comunitarios.
- No ha pagado la derrama de la obra pese a ser avisado por correo certificado la semana siguiente a la reunión y dàndosele una fecha tope de pago acordada en la reunión.
- No asistió a la reunión pese a ser avisado con 15 días de antelación.
Gracias por adelantado

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El hecho de que dicho propietario no acuda a la reunión no quiere decir que se encuentre privado de sus derechos, ya que al no acudir a la reunión, se pueden adoptar en esta los acuerdos correspondientes, sin él, que serán ejecutivos, sin perjuicio de que pueda impugnarlos en el plazo de 3 meses desde que se adoptaron, si los encuentra lesivos para sus intereses.
Por otro lado decirle que no está en ningún caso legitimado para impugnar los acuerdo, si no se encuentra al corriente del pago de los gastos comunitarios, o si no consigna las cuotas judicialmente para el pago.
Con respecto a la instalación no se podrá negar salvo que pague lo que debe, pero en cuanto al tema de poner un contador, como va a suponer una modificación de las cuotas en cuanto al pago de los gastos del agua, ya que imagino que se pasará a pagar por partes iguales, de acuerdo con la cuota de cada uno, y no de acuerdo con el gasto que cada piso haga del mismo, podría oponerse ya que se podría entender como una modificación de las cuotas de participación, para cuya oposición no se requiere estar al corriente del pago de las cuotas. (Esto último es muy relativo y discutible)
Si no paga, no tienen por qué preocuparse.
Además para poder impugnar los acuerdos es necesario que sean lesivos o perjudiciales para ese propietario, cosa que no me parece a mí, y se debe hacer judicialmente, con lo que no creo que ese vecino quiera meterse en esos líos, y de todas formas, mientras no pague, no va a poder conseguir nada.

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