Comunidad de bienes

Hace 10 años creé una comunidad de bienes junto con otro comunero, la empresa continua funcionando, pero yo ahora vivo en el extranjero por motivos personales y no puedo trabajar en ella. Me gustaría saber que posibilidades tengo para hacer un acuerdo para percibir mensualmente una cantidad fija y dejar la explotación de la empresa al otro comunero, sin correr riesgos de que pueda perder mi patrimonio personal si la empresa fuera mal.
Respuesta
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En principio el hecho de haber pasado a residir en el extranjero no ha de impedirte beneficiarte de las ganancias que la comunidad pueda producir, sin perjuicio de que al otro comunero le pueda corresponder mayor cantidad si dedica su trabajo a la comunidad
Queda al acuerdo de ambos como valorar las participaciones de cada uno en las ganancias teniendo en cuenta tanto las aportaciones de cada uno como el trabajo personal, siendo en la misma proporción las pérdidas
En cuanto al riesgo que comentas siempre tienes el derecho de examinar el estado de las cuentas de la comunidad exigiendo al otro participe que te haga muestra de las mismas

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