Contrato privado de forma privativa en régimen de gananciales

- Matrimonio en régimen de gananciales.

- Uno de los cónyuges vende una finca rústica procedente de una herencia, por lo que era privativa suya.

- Al otro día compra otra finca rústica pero quiere comprarla de forma privativa (que sea suya al 100%).

¿Se puede realizar válidamente esta compra a través de un contrato de compraventa? Si es sí ¿Cómo se reflejaría en el contrato?

3 Respuestas

Respuesta
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Como ambas operaciones debe hacerlas ante notario, consulte en esa notaría y le indicarán el modo en que ese hacerse, para que la finca adquirida conserve la calidad de privativa.

Ú

Gracias por contestar Pedro. Por lo que me dice tiene que ser la escritura ante notario obligatoriamente para que conserve la calidad de privativa. En escritura privada aunque se pusiera no valdría y se consideraría ganancial. ¿Es así?

Un documento privado no tiene plena eficacia para formalizar una compraventa de inmuebles, en ningún caso.

Yo resido en Galicia y hay muchas fincas pequeñas en algunos casos no llegan ni a 100 metros cuadrados, por lo que la mayoría de las compraventas de fincas pequeñas se realizan en escritura privada. Catastro las admite perfectamente para el cambio de titularidad, otra cosa distinta es si las quieres inscribir en el registro de la propiedad (que casi nadie lo hace). Yo simplemente quería saber si poniendo que pese a estar casado en gananciales si se pone que es adquirida de forma privativa serviría para que catastro le diera el 100% de la titularidad a esa persona. La verdad es que nunca se me dio este caso por eso lo pregunto. Entiendo también, que cuando heredas y haces una adjudicación de herencia ante notario ya tienes una escritura pública con la cual si quieres ya  puedes registrar dicha finca.

El catastro es un registro fiscal que no acredita frente a terceros, la titularidad dominical de un inmueble. Como usted bien dice, un contrato privado no tiene acceso al Registro de la propiedad, con lo cual no se acredita la condición privativa o ganancial de ese inmueble

Respuesta
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Tanto el contrato de compraventa como la escritura de propiedad deberán ir únicamente a su nombre, de forma que ostente el 100% de la propiedad.

Ignore la respuesta en la que se le indica que, si vende el terreno y adquiere otro, éste será ganancial.

El código civil, en su artículo 1346, dice:

"Son privativos de cada uno de los cónyuges:

(...)

3.° Los adquiridos a costa o en sustitución de bienes privativos."

Es decir que, si el terreno que tiene usted como bien privativo lo vende y con el dinero adquiere otro terreno, éste también será privativo, aunque lo compre estando casado en régimen de gananciales.

Gracias Poliplos. Entiendo que es válido igualmente en una compraventa privada. ¿Qué texto se podría poner en dicho contrato? ¿Algo así? "La parte compradora manifiesta que a pesar de estar casada en régimen de gananciales, dicha compra es privativa ya que la adquiere como sustitución del bien privativo enajenado en fecha XXX (Venta a don XXX de fecha XXX)".

Es válido para cualquier adquisición.
Lo que sí le recomiendo es que el contrato se lo redacte un abogado.

Respuesta
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Si estáis casados en bienes gananciales:

Lo que tenga uno de los cónyuges de solteros antes de casarse solo le pertenece a esa persona exclusivamente .

Pero si vende una finca ese dinero entra en una cuenta suya individual pero como ese dinero se consigue estando ya casados, pues a la hora de divorcio de consideraría parte de los bienes gananciales

Osea la mitad sería para la otra persona del matrimonio.

Al igual que si compra una finca ahora estando casados pues aunque lo ponga al nombre de uno solamente.

Al estar casados en gananciales si luego se divorcian en un futuro pues también entraría dentro de los bienes gananciales para repartir.

Por tanto lo más normal sería:

Ir al notario y pedir los documentos para hacer separación de bienes.

Se pueden hacer en cualquier momento, aunque lleven casados 20 años por ejemplo.

Entonces hacer esos documentos y ya luego que ese cónyuge compre la finca o lo que quiera con su dinero y lo ponga a su nombre solamente .

Es que la verdad ahora en la actualidad todo el mundo o la mayoría hacen regímenes de separación de bienes al casarse .

Pq nunca se sabe en un futuro lo que puede pasar y así te ahorras miles de problemas después.

Hasta mis padres que son ancianos, hace 20 años fueron a hacer testamento y además hicieron antes esos trámites de separación de bienes.

Y así pues cuando fallezcan pues la parte de mi madre que era más cantidad que la de él, pq ella tenía herencias de mis abuelos etc pues pasa a las hijas directamente, y lo que tenga él tb pero a otra hija que solo es de mi padre pues solo le dará la parte de él.

Hada Love, creo que si se especifica en escritura notarial es como dice Poliplos si la puede adquirir de forma privativa aunque este casado en gananciales. La duda me surge, si se hace en escritura privada si es igualmente válida, y el texto que habría que poner.

.

Pues entonces, lo mejor es que acudas a un abogado especialista y le hagas una consulta rápida sobre este tema, hay consultas por 30 eur solamente y te realizan todos los documentos etc.

Yo fui una vez o dos por un tema de contratos de alquiler y en dos veces todo solucionado y te quitas de quebraderos de cabeza innecesarios

Es la solución más rápida y fácil

Vamos eso es lo que yo haría

Porque aunque haya algún abogado que te respondiera por aquí pero para hacer cualquier gestión tienes que ir presencialmente a un bufete de abogados

Ah se me olvidaba: ¿Tú te fías de lo que diga un usuario aquí que no tiene cualificación ninguna y mucho menos sobre temas legales? Je je

Tú mismo

Bucearé algo más por ahí. Tengo muchas escrituras de familiares y en alguna se reflejará. El contrato es por una finca valorada en unos 100€ así que no me paga la consulta del abogado ;)

¿Cómo va a ser una finca de 100euros?🤣🤣🤣🤣🤣🤣

¿Qué es una finca de Playmobil o que?

😝😎😂 ( Es broma je je

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