Seguro de fallecimiento no figura inscrito en el Registro de Seguros

Tengo un boletín de adhesión(póliza colectiva),(seguro de fallecimiento), unido a un préstamo personal. La cosa es que ese seguro no figura inscrito en el Registro de Seguros del Ministerio de Justicia. ¿Es valido ese seguro en una supuesta demanda por parte de la entidad financiera?

Respuesta

Habría que examinarlo bien, pero la vigencia o validez de la póliza de seguro no depende de que esté inscrito en el registro de seguros de vida, sino de sus propias caracteríaticas

En la póliza pone como beneficiarios lo herederos legales.Si los herederos legales no saben que existe la póliza y al consultar el registro en caso de fallecimiento no sale nada, supongo que sería un perjuicio para dichos herederos.Por eso me refería. A la validez de la póliza

No entiendo mucho de seguros, y no se exactamente los casos que no se inscriben seguros de vida, no sé si los viajes pagados con VISA que incluyen seguro de vida, se deben inscribir o no

Pero no veo el problema, ve a la cia de seguros con el certificado de defunción y te informarán adecuadamente para cobrar el seguro

2 respuestas más de otros expertos

Respuesta

Aquí te dejo un extracto de la pagina del Ministerio de Justicia donde te aclara cuales no aparecen en este registro.

"Qué contratos de seguro figuran en el Registro.

Los contratos de seguro, cuyos datos han de figurar en el Registro, son los relativos a los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y a los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte del asegurado, ya se trate de pólizas individuales o colectivas.

Se excluyen del ámbito del Registro:

  1. Los seguros que instrumentan compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios regulados en el Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre.
  2. Los seguros en los que, en caso de fallecimiento del asegurado, coincidan el tomador y el beneficiario.
  3. Los contratos suscritos por mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial, mutualidades de profesionales colegiados y mutualidades cuyo objeto exclusivo sea otorgar prestaciones o subsidios de docencia o educación."
Respuesta

Porque es un colectivo. Por eso no aparece.

Lo ha explicado muy bien Carballada

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