En una herencia con fiduciario, ¿Quién paga los gastos de la herencia?

Estamos hablando de una herencia en Aragon.

Mi padre murió, nombro fiduciario a mi hermano y designo 2 herederos universales, si el fiduciario no entrega la herencia y lleva así 11 años ( y va para largo ), quien paga los gastos ( hay 3 pisos en la herencia, no hay nada más ) es decir, gasto de comunidad, IBI, derramas, impuestos, etc.

Digamos que los gastos se están pagando, pero... Quien esta obligado a hacerlo, los futuros herederos, los cuales no saben ni quien de ellos va a heredar ni cuando, ¿o el fiduciario?

Respuesta

En derecho común, el fiduciario (si el testado no dispone otra cosa) deberá entregar la herencia sin cargas a los fideicomiarios, es decir, a los herederos, que no son "futuros", sino que adquieren sus derechos desde la muerte del testador. Pero los herederos han de resarcir todos los gastos "legítimos" al fideicomisario, entre otros los de comunidad, impuestos y conservación regular de la cosa, constituyendo esos pagos las cargas de la herencia.

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