Reformas por accesibilidad en ascensor

En nuestro edificio vive una persona con discapacidad, el portal tiene varios escalones para acceder al ascensor, no hay posibilidad de rampa ya que el portal es muy corto y la rampa seria demasiado inclinada. La posibilidad que tenemos es bajar el ascensor a ras del portal. El edificio es de 1991, anteriormente solicitamos una subvención pero nos la denegaron ya que el edificio debía ser de una fecha anterior, ahora creo que esto ha cambiado, y mis dudas son las siguientes,

¿Por fecha del edificio nos correspondería esa subvención?,

¿Todos los vecinos están obligados a costear toda el coste de la operación?

¿Hay ascensores homologados en los que no se tenga que hacer foso? (Esto lo mismo ya no es de tu competencia)

2 Respuestas

Respuesta
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Me permito ampliar la respuesta dada por el compañero a la segunda pregunta.

Mi respuesta sería que "no necesariamente". Depende de dos cuestiones: el coste de la obra y el resultado de la votación para aprobar la instalación.

Si, como usted dice, en la finca reside una persona con discapacidad que solicita esa obra, la Comunidad está obligada a realizarla, con o sin aprobación por parte de la mayoría de la Junta de Propietarios. Pero:

- Si la Junta de Propietarios aprueba la obra por mayoría, TODOS están obligados a pagar, sin límite de coste.

- En caso contrario, todos están obligados a pagar, pero quienes hayan votado en contra no podrán ser obligados a pagar más del equivalente a una anualidad de cuotas ordinarias, por año en que se repercuta a la Comunidad el coste de la instalación.

Respuesta
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A la primera, vuelva a hacer la consulta al organismo competente

A la segunda, NO, lea el art. 10.1.b

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