IVAen productos vendidos por la asociación
Llevo la contabilidad de una asociación sin ánimo de lucro y tiene concedida la exención de iva. Ahora se me presenta una dudda en cómo contabilizar lo siguiente: Queremos vender algún artículo con nuestro logo para obtener algún recurso económico que ayude a la actividades, que compraremos para vender entre los asociados. ¿Estas ventas estarán sujetas al IVA?, ¿Tendremos qué hacer las declaraciones trimestrales? O por estar exentos y reinvirtiendo el beneficio que pueda dar a la asociación no tendremos obigación de cargar iva en la venta. Esta es mi pregunta. Gracias de antemano por la `respuesta.
1 Respuesta
Respuesta de Abogados Edo
1