¿Voy a seguir cobrando invalidez?

Después de reconocerme una invalidez el inss recurrió y ahora el tribunal superior le ha dado la razón, voy a recurrir la sentencia al tribunal supremo

Me han estado pagando la pensión de invalidez hasta ahora

La sentencia salio el día 27 de marzo y hoy día 4 de abril he mirado en la sede electrónica de la seguridad social y me sale como que sigo de pensionista

¿Hasta cuándo me tienen que pagar la pensión?

Yo era autónoma y me tuve que dar de baja para cobrar

Si me dan de baja como pensionista ¿en qué situación quedo? ¿Qué tendría que hacer?

Y ¿cuánto tarda el tribunal supremo?

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Me dirijo a ud. por encontrarme en una situación por la ya ha pasado, llevo 14 meses cobrando una ipt concedida en primera instancia y ahora el TSJ me la deniega. Voy a recurrir al TS ¿qué ocurrió con el cobro de la pensión durante la tramitación y hasta que llego al supremo?

El abogado me lo comunicó ayer, si me la quitan me quedo con lo puesto, mi grado de angustia es considerable.

Quedaría muy agradecido por su respuesta

Hola

A mi me quitaron la pensión, todavía no sé nada del supremo, me han dicho que puede tardar hasta tres años.

Me tuve que dar de alta otra vez como autónoma y volví a coger la baja, me llamaron del evi y me dijeron  que después de negar una pensión no podía pedir la baja hasta pasados seis meses.

Ahora  tengo recurrido también lo de la baja, porque a mí en la sentencia me reconocen mi enfermedad, pero como soy autónoma se agarran a que puedo contratar gente que realice mi trabajo, ese es el derecho que tenemos los autónomos que aunque no tengamos ni para comer tenemos que usar las pocas ganancias para contratar gente.

En estos momentos estoy sin cobrar nada, sin poder ir a trabajar y como soy agricultora y ahora es temporada de cerezas con  gente contratada porque si no se recoge la fruta los árboles se secan.

Menos mal que tengo a mis padres que me ayudan.

Me dejas hecho polvo, aunque la esperanza es lo último... al ser IPT

Es evidente que este país, si no fuera por el gran arraigo familiar que hay, ya habría saltado por los aires.

Quizá pueda solicitar el pago mientras está en tramite. Espero ganes en el supremo, si tienen sentido común aunque si te contara lo mío, verías que es surrealista.

Gracias por tu tiempo y mucha suerte con las exquisitas cerezas.

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Estimado/a consultante,

En primer lugar, parto de que tiene usted abogado que le está llevando el tema, de modo que mi primer consejo es que confíe en su abogado ya que éste, con los papeles por delante, conocerá el tema mejor que nadie y es quien mejor le puede asesorar.

No especifica si el juicio que tuvo usted era solicitando la ip o si, teniéndola ya reconocida anteriormente, el juicio fue porque el inss procedió a revisársela. Por lo que cuenta, entiendo que es la segunda posibilidad.

Mientras que la sentencia no sea firme, no se puede exigir el cumplimiento de lo que en ella se contenga. Es decir, que si el inss ha conseguido que a usted le quiten la pensión de ip, usted seguirá siendo pensionista de ip en tanto la sentencia no sea firme. ¿Cómo evitar que sea firme? Recurriéndola, en este caso ante el TS, como usted bien dice. Le recomiendo que agote la vía ante el TS antes de ponerse en lo peor, es decir, en que le quiten la pensión. No se ponga en lo peor antes de tiempo y espere a la resolución del TS. Sobre cuánto puede tardar, pues le auguro que un tiempo considerable. Teniendo en cuenta que el TSJ es un órgano inferior y aún así tarda meses o incluso un año, el TS no mejora esos tiempos por lo general, lo cual le beneficia a usted porque lo que le interesa, primeramente, es que la sentencia no sea firme.

Reciba un cordial saludo y mucha suerte.

Fui yo la que pidió la ip y en la primera sentencia ponía que tenían que empezar a pagarme, en esta no pone nada del pago

Estimada consultante,

Ante todo disculpe la tardanza en contestar.

En su caso yo entiendo que la primera sentencia le daba a usted la razón pero esta sentencia NO ERA FIRME y por eso la recurrió la Seguridad Social. Y la segunda sentencia le da la razón a la Seguridad Social, de modo que, mientras que esta segunda NO SEA FIRME, se puede recurrir ante el Supremo. Los juicios no se ganan al dictarse sentencia, sino cuando la sentencia dictada es firme, ya que mientras que la sentencia no es firme, la otra parte puede recurrir y quitarle a usted la razón, como ha sido su caso.

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