Validez peritaje en revisión por empeoramiento

Para no liarnos mucho, abreviare la pregunta que seguro sera fácil visto tu currículo en esta web:
Mi mujer esta en proceso de revisión de un grado de minusvalía de un porcentaje del 21.
Recurrimos este porcenjaje hasta el juzgado de lo social, pero en la sentencia el juez nos remitió a la vía administrativa pues el peritaje que a priori nos da el 39 por ciento fue presentado después del recurso vía administrativa.
Me explicare cronológicamente:
-Petición minusvalía
-Concesion del 21 porciento
-Recurso 1er recurso administrativo
-Contestacion negativa al recurso
-Seguidamente empeoramiento y los médicos dictaminan más patologías con dictamem
Por perito medico.
-Se recurre el juzgado pero en la sentencia la juez alega que en el primer recurso no estaban las patologías posteriores o sea surgieron después por lo que tenemos que ir de nuevo a la vía administrativa o sea una revisión antes de los dos años por empeoramiento y nueva enfermedad.
Pregunta: Tienen en consideración a la hora de la revisión el peritaje medico presentado si en el mismo ya menciona el porcentaje del 39 por ciento, pudiendo aportar todos los informes médicos.
De ser otra vez menor al 22 por ciento, los jueces lo consideran suficiente para dar la razón si la administración no presenta otras pruenas más concluyentes.
Otra pequeña pregunta: me dicen que la revisión tardara un año al igual que la primera vez, no deberían ser tres meses ...
El peritaje consta de 4 folios con la firma en cada uno de ellos del perito, etc, etc.
Cual es tu opinión..

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Sólo comentarte un par de detalles.
Al haber tenido lugar a posteriori del primer recurso, el empeoramiento se tendrá en cuenta, solicitando por vía administrativa una nueva revisión, a la cuál, deberás adjuntar los nuevos informes médicos en los que conste, de manera detallada, todos los nuevos síntomas y limitaciones que padezca tu mujer (habitualmente te lo dará tu médico de cabecera, o, en caso necesario, el médico especialista que trate a tu mujer).
Éste recurso podrá tenerse en cuenta o no (me he encontrado con casos de todo tipo), pero, en caso de que no te lo tengan en cuenta, o dicho recurso venga rechazado (normalmente lo rechazan alegando la falta de los informes, por eso te digo que los adjuntes desde el primer momento), deberás recurrir a la administración propia de tu comunidad, al Servicio de dependencia, para que la somentan a un nuevo tribunal médico.
Según mi experiencia te aviso que estos trámites son largos, pero un año me parece excesivo, así que, no te amilanes e insiste. En caso de que no te hagan caso, te recomiendo que busques una empresa que realice todos estos trámites por ti, ya que la experiencia de alguien que trabaja con la administración día a día, hace ganar mucho tiempo.

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