Incorporación inmueble a la sociedad

Varios socios tenemos en proindiviso una finca edificable en la que vamos a construir un chalet. Como fiscalmente y para su posterior venta, es mucho mejor hacerlo a nombre de la sociedad, queremos incorporarlo a ésta pero la duda que tenemos es que opción es más interesante (con respecto a gastos notariales y de impuestos), si hacer una venta del inmueble a la sociedad (llevaría aparejado un 7 % del I.T.P para la sociedad) o hacer una ampliación de capital mediante aportaciones no dinerarias (la finca) ¿Qué método le parece más interesante?
Respuesta
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Me parece más razonable la segunda opción, aunque sea más cara fiscalmente, si hacéis aportaciones societarias estaríais incorporando capital en circulante, es decir una vez edificado y vendido el chalet obtendríais dinero y la empresa se capitalizaría en exceso. Normalmente es aconsejable aportaciones para inversiones en maquinarias, inmuebles para la propia empresa no como mercancía de venta.
¿Entonces te parece mejor la 2ª opción, la de la ampliación de capital?. Por otro lado, como se ha suprimido el IAE, ¿qué sería mejor, darse de alta en promociones inmobiliarias e incorporarlo en existencias o incorporarlo al balance como un inmueble?
Perdón la 1º opción. La de venta. Ojo el IAE no se suprime, sino que las empresas de volumen de negocio inferior a 1 millón de euros están exentas. Darse de alta en el epígrafe de promociones es para actividades donde todos los trabajos son realizados por terceros, albañilería, fontanería etc siendo el objeto de la actividad la mera promoción.

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