Cambio del tipo tributación fuera de plazo
Este año, mi mujer y yo hemos realizado una declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2007 de forma conjunta, sin declarar los ingresos de mi mujer por error (la cual no superaba los ingresos mínimos para realizar la declaración) y tras recibir la corrección y la propuesta de liquidación (con resultado a devolver) por parte de la administración de hacienda en la se incluyen esos ingresos, hemos visto que la liquidación resulta bastante inferior a la que resultaría de la tributación individual.
En nuestra administración de hacienda hemos realizado la alegación a la propuesta de liquidación que nos enviaron, solicitando el cambio de tributación y estamos a la espera de respuesta, aunque la persona que nos atendió para recoger nuestra alegación indicó que no es posible el cambio de tipo de tributación (conjunta a individual o viceversa) una vez que ha finalizado el plazo oficial de presentación. La misma respuesta nos han dado mediante la consulta por teléfono de la AEAT.
Sin embargo, en la respuesta a otra pregunta similar planteada en este foro se indica que sí es posible realizar una nueva declaración con el cambio en el tipo de tributación, pero que primeramente hay que solicitar autorización a la agencia tributaria. Dicha respuesta es contraria a la que nos informa la agencia tributaria.
¿Esta obligada hacienda a conceder un cambio de tipo de tributación tras solicitar la autorización para el cambio de tipo de tributación fuera del plazo habilitado para la presentación de la declaración? ¿Me podríais decir exactamente la manera de proceder para solicitar esta autorización de la cual mediante consulta telefónica a la AEAT no parecen tener información? ¿Y finalmente si tenéis referencia de si existe algún precedente con un caso similar resuelto a favor del contribuyente?
En nuestra administración de hacienda hemos realizado la alegación a la propuesta de liquidación que nos enviaron, solicitando el cambio de tributación y estamos a la espera de respuesta, aunque la persona que nos atendió para recoger nuestra alegación indicó que no es posible el cambio de tipo de tributación (conjunta a individual o viceversa) una vez que ha finalizado el plazo oficial de presentación. La misma respuesta nos han dado mediante la consulta por teléfono de la AEAT.
Sin embargo, en la respuesta a otra pregunta similar planteada en este foro se indica que sí es posible realizar una nueva declaración con el cambio en el tipo de tributación, pero que primeramente hay que solicitar autorización a la agencia tributaria. Dicha respuesta es contraria a la que nos informa la agencia tributaria.
¿Esta obligada hacienda a conceder un cambio de tipo de tributación tras solicitar la autorización para el cambio de tipo de tributación fuera del plazo habilitado para la presentación de la declaración? ¿Me podríais decir exactamente la manera de proceder para solicitar esta autorización de la cual mediante consulta telefónica a la AEAT no parecen tener información? ¿Y finalmente si tenéis referencia de si existe algún precedente con un caso similar resuelto a favor del contribuyente?
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Respuesta de skuarta
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