Pago unico Paro, Creacion SL, Regimen de cotizacion

Hola, llevo unos años con la idea de trabajar por cuenta propia y constituir una SL, en mi caso una SLU porque estaría solo como socio. Hace una semanas y tras 10 años trabajando en diversas empresas del sector de la asistencia técnica a la ingeniería me he quedado en el paro y he decidido que este es el momento de dar el salto.
Como he comentado mi intención es constituir una SLU y trabajar a través de ella para la administración publica a través de licitaciones entre otros clientes
Mis preguntas son las siguientes:
1.- Ya que voy a cotizar en el RETA al ser accionista mayoritario de la SLU, ¿puedo solicitar el pago único del paro y que me subvencionen los pagos de la cuota durante los meses futuros (creo que son 24)?
2.- Dentro de mi SLU, voy a ser administrador y por ahora único trabajador ¿qué tipo de contrato debo tener con mi SLU, si debo tener alguno? ¿Tendré una nomina al trabajar para la sociedad aunque cotice por el RETA? Entiendo que yo hago el trabajo la empresa lo factura y yo recibo un fijo al mes, con sus retenciones (si todo va bien) al final del año hago mi declaración de la renta con mis rendimientos del trabajo y la sociedad hace la declaración del IS y paga según su beneficio. ¿Por favor aclarame todo esto?
3.- Por ultimo: Si soy el único empleado, en las condiciones descritas anteriormente ¿Debo pedir en la SS un numero de cuenta de cotización de la sociedad? Entiendo que si ya que voy a ser un Pseudo-empleado.
Gracias

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1. No, la capitalización del paro no está prevista para constituir una SL. Por otro lado, sugiero que inicialmente no des de alta una SL sino que te constituyas como autónomo hasta que los ingresos y la fiscalidad que soportes requieran la puesta en marcha de una SL que conlleva más complicaciones registrales, notariales, fiscales, contables, legales, etc...
2. En el caso de que pusieras en marcha la SLU no debieras de tener ningún contrato ya que como administrador podrás disponer de una nómina como tal
3. La cuenta de cotización de la sociedad se debe solicitar cuando debas emplear a trabajadores por cuenta ajena ya que tú deberás hacer efectivo el recibo de autónomos que puede incluirse en la nómina que percibes.

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