Obligatoriedad de registrar una renuncia de herencia

Buenos días: ¿ Es obligatorio pasar por registro la renuncia a una herencia? Hemos renunciado a una herencia de un tío, que sobre unos de sus bienes consta un expediente en ruina. Ahora el ayuntamiento competente nos está obligando a presentar en un plazo inferior a 15 días el registro de la renuncia notarial de esa finca en particular, que nunca fue registrada ( tenemos una nota simple negativa de registro sobre esa finca).

Para dar más detalles nuestro tío falleció en accidente hace más de 35 años y le sobrevive su viuda sin hijos que renunció al usufructo de esta casa cuando le reclamaron la demolición de la casa. Nuestros padre nunca aceptó la herencia de su hermano ( fue declarado heredero mediante un auto de un juez junto su hermana y su viuda usufructuaria) porque falleció antes de poderlo hacer, igualmente hace más de 30 años.

¿ Que debemos hacer? ¿ Nos puede el ayuntamiento reclamar que registremos una renuncia sobre un bien que nunca ha pasado por registro?.

Muchas gracias

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