¿Debería poner a mi nombre mi compañero algunas propiedades o lo pone en la herencia?

Mi compañero yo trabajamos juntos en los últimos 20 años. El se divorcio hace 25 años y tiene dos hijos de ese matrimonio.
Quiere poner a mi nombre dichas propiedades a fin de proteger mi vejez.
No tiene padres y solo un hermano.
¿Qué consejo nos dan?
Poner las cosas a nombre mio o dejarlas así, ¿haciendo un testamento donde yo quedara como única heredera?
Tratamos que la legalidad sea quien maneje como hacer las cosas.
Gracias desde ya por su cooperación

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Pienso en términos fiscales; Si te lo pone a tu nombre, sería mediante compraventas que tributarían al 7%, mientras que si te nombra heredera de la tercera parte de sus bienes (o del 50% en Aragón) pagarías menos impuestos, una vez fallecido él que puede ser antes o después que tu. Porque como dice la canción sabe el hombre cuando nace pero no cuando va a morir.
Gracias por su respuesta. Creo que no aclare lo suficiente mi relación de pareja. No estamos casados. Por eso, la idea de poner a mi nombre lo inmobiliario y hacer un testamento con las cosas que quedarían fuera de dichos inmuebles, ¿a nombre de sus dos hijos.Es posible? ¿Tiene una solución más salomónica?
Le agradezco su paciencia y su consejo
Gracias mil.
Grisel
Entiendo por estas breves explcaciones que puede hacer testamento, dejando herederos a los hijos en cuanto a la legítima, y en la parte de libre disposición, nombrarte heredera.
Lo que no puede hacer es desheredar a sus hijos, y la opción sería que te nombrara heredera del tercio o de la mitad de libre disposición (según CCAA)

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