¿Y si hay un heredero que realmente no es hijo?

Muy buenas tardes ;quisiera que me dieras tu opinión como abogado;ahora después de un tiempo que mi padre falleció mi madre me confeso que uno de mis hermanos no es hijo de mi padre, pero en el registro civil consta como mi hermano.La cuestión es que por este hermano llevamos 5 años de lucha en los juzgados por la herencia y no se si esto valdría para algo .Por eso antes de meter la pata se lo consulto espero me de una solución muchísimas gracias.

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Su caso es un problema de impugnación de la paterninad, que en este caso está bastante complicado
El art 136 del Código civil señala: El marido podrá ejercitar la acción de impugnación de la paternidad en el plazo de un año contado desde la inscripción de la filiación en el Registro Civil. Sin embargo, el plazo no correrá mientras el marido ignore el nacimiento.
Si el marido falleciere antes de transcurrir el plazo señalado en párrafo anterior, la acción corresponde a cada heredero por el tiempo que faltare para completar dicho plazo.
Fallecido el marido sin conocer el nacimiento, el año se contará desde que lo conozca el heredero
En su caso ha transcurrido dicho plazo para impugnar la paternidad
Tratándose de una filiación matrimonial y existiendo posesión de estado es bastante complicado intentar excluirlo de la herencia

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