Jornada Laboral continua Industria Química

Mi empresa pertenece al convenio de Industria Química. A estas alturas del año todavía andamos confeccionando el calendario laboral y se nos plantean unas dudas.

Los peones de fabrica trabajan a 2 turnos en jornada continua, parando 1/2 hora para el bocadillo. ¿Esa media hora se computa como jornada de trabajo al ser jornada continua o hay que descontarla del tiempo efectivo de trabajo? Si no se computa no les llega la jornada a las 1752 horas anuales que marca el convenio, contando los 30 días de vacaciones.? ¿Qué deberíamos hacer en este caso?

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La hora del bocadillo desde hace mucho tiempo computa como jornada laboral efectiva.

Si, hace tiempo era así, pero parece que ha habido cambios este año en el convenio para 2013 y 2014 y este es uno de ellos....pero no lo tengo muy claro. Me da miedo que sea una invención de gerencia. No encuentro donde se indica y necesito establecer jornadas. Ya estamos en Marzo y lo tenemos sin aclarar.

Si en su convenio no se indica nada hay que irse a lo que dice el Estatuto de los Trabajadores que en su artículo 34.4 establece:

"4. Siempre que la duración de la jornada diaria continuada exceda de
Seis horas, deberá establecerse un período de descanso durante la misma
De duración no inferior a quince minutos. Este período de descanso se
Considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se
Establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo."

Por tanto y en atención a lo dispuesto en el mismo si su convenio colectivo o su contrato no recoge nada al respecto no será considerado como tiempo de trabajo efectivo de trabajo.

Hasta en esto en que el respeto era casi unánime en todos los convenios colectivos están recortando.

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