Desplazamientos, dietas: sector consultoría
Hola.
Mi convenio es del de Empresas de consultoría. Tengo una duda desde hace tiempo y la voy a plantear con un ejemplo práctico:
1. Firmo un contrato que especifica que mi centro de trabajo está en Madrid (capital).
2. Entro a trabajar, pero, en casa del cliente, situada en Las Rozas (diferente localidad, a unos 30 kilómetros del centro de trabajo de Madrid.
3. A priori no sé cuánto tiempo estaré trabajando en Las Rozas (más de 2 meses seguro)
4. Acudo en coche particular al trabajo.
DUDA 1: ¿Se debe entender que estoy "desplazado"?
DUDA 2: ¿Debe la empresa compensar de alguna manera que tenga que trabajar en Las Rozas, a 30 kilómetros de mi centro de trabajo? ¿Cómo? ¿Recoge el caso el ET o el convenio?
DUDA 3: En caso de que 1 y 2 sean afirmativas, ¿puede la empresa negarse a algo (abonar desplazamientos/dietas?
DUDA 4: En caso de que estuviera en derecho de reclamar, ¿qué vías existen?
Ruego conteste por puntos.
Muchas gracias de antemano.