Cuantos días me corresponden por hospitalización de mi padre en la península ?

El artículo 37 del estatuto de los trabajadores dice que me corresponden 4 días por hospitalización de mi padre y al tener que desplazarme desde las islas canarias a la península. Pero la empresa me dice que según el convenio de hostelería de Las Palmas no me corresponde ningún día, pues mi padre no reside en las islas y no está a mi cargo.

Ruego me aclaren si me corresponden días o no. Pues me gustaría tener claro cuales son mis derechos, los del estatuto o los del convenio.

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Ningún convenio puede reducir los derechos establecidos en el Estatuto de los trabajadores, sólo ampliarlos. Por lo que efectivamente tienes derecho a cuatro días remunerados, previo aviso y justificación, por la hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

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