Contrato temporal 1 año, preaviso

Hola,

Entré a trabajar en mi actual empresa con un contrato temporal por circunstancias de la producción por 3 meses.

Al cabo de los 3 meses, me prorrogaron el contrato con otro que abarca hasta 12 meses.

Quedan 2 semanas para la finalización de este contrato y mi duda es si me tienen que pre-avisar o no, ya que según el Convenio nacional el pre-aviso de 15 días sólo es obligatorio para quien lleve trabajando más de 1 año contratado eventualmente, aunque en el convenio específico al que pertenece mi empresa dice lo siguiente al respecto:

"Contrato eventual.- A tenor de lo dispuesto en el artículo 15.1.b, del Estatuto de los Trabajadores, modificado por el artículo 1.8 del R.D. Ley 5/2001, de 2 de marzo y por el artículo 1.8 de la Ley 12/2001, de 9 de julio, este contrato tiene por objeto atender exigencias
circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aún
tratándose de la actividad normal de la empresa.
Formalización del contrato.- Se formalizará por escrito, consignándose con suficiente precisión y claridad la causa y circunstancias que lo motiven, y registrándose en el INEM.
Duración y Prórroga.- La duración de estos contratos no podrá ser inferior a 30 días, ni superior doce meses, dentro de un período de dieciocho contados a partir del momento del contrato inicial. Se limitará  a dos el número de contratos a realizar, en su duración máxima, a una misma persona. En el caso de que se concierte el contrato por un plazo inferior a los doce meses, podrá ser prorrogado mediante acuerdo de las partes, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicho límite máximo. La prórroga tendrá una duración mínima de 15 días. La duración de contrato y de su prórroga se ajustará a lo dispuesto anteriormente,
salvo que exista pacto de lo contrario.

En los contratos superiores a los seis meses, si a la finalización del período inicial o de cualquiera de sus prórrogas, no hubiera una comunicación previa de diez días de antelación a su finalización, el contrato se considerará prorrogado automáticamente hasta su duración máxima. Si a la finalización de su duración máxima, no hubiera denuncia expresa con diez días de antelación y se continuara prestando servicios, el contrato se considerará por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación."

Por favor, podéis decirme si en mi caso deben a pre-avisarme o no, y a que tendría derecho en caso de que no lo hiciesen.

Gracias por adelantado.?

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