Días que corresponden por fallecimiento de un familiar

Estoy estudiando la Reforma de la Ley Orgánica del Trabajo
para los Trabajadores y Trabajadoras, en vista de esto tengo un
trabajador que se le murió la abuela de crianza mas no es de sangre... Y
tengo entendido por conocimiento empírico mas no porque lo leí en la
ley que se deben otorgar 2 días de permiso remunerado, por muerte de
familiar ascendente o descendente hasta segundo grado de
consanguinidad... ¿estoy algo confundida con esto me pueden ayudar? Leo y
leo y no encuentro el artículo en la ley que lo diga...

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Debería de venir reflejado en el convenio del sector al que pertenezcais

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