Indemnización despido contrato indefinido

El 17 de Enero del 2005 firmé un contrato por obra o servicio determinado en la administración pública, cuando llegaba el 31 de Diciembre me daban una indemnización de 8 días por año trabajado pero no firmaba ningún finiquito y firmaba un nuevo contrato el 1 de enero que terminaba el 31 de diciembre. Así hasta que el día 6 de abril del 2011 me hacen una transformación del contrato en indefinido por orden de la inspección de trabajo por incumplimiento del Estatuto de los Trabajadores. Ahora me quieren despedir, ¿la indemnización sería desde el 17 de Enero del 2005 o desde el 1 de Enero de 2011 que fue el último contrato por obra firmado? Desde el 17/01/2005 he estado trabajando ininterrumpidamente en el mismo puesto y con la misma categoría profesional en una plaza vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de la administración.

Respuesta
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Efectivamente la antigüedad se empieza a computar desde el primer contrato, asique te tienen que indemnizar desde el año 2005.

¿Aunque en la vida laboral me daban de baja y alta cuando firmaba un contrato?

En la conversión del contrato temporal a indefinido pone lo siguiente:

Las partes han acordado la conversión en indefinido de un contrato temporal a tiempo completo celebrado por las partes en día 01/01/2011.

Y en las clausulas adicionales pone lo siguiente:

El trabajador no adquiere la condición de fijo, sino la de indefinido, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador continuará desempeñando el puesto que venía ocupando hasta que se proceda a su cobertura por los procedimientos ordinarios, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable, momento en que se producirá la extinción de la relación laboral, salvo que el mencionado trabajador acceda al empleo público, superando el correspondiente proceso selectivo.

No importa que te hayan dado de baja y alta en la seguridad social, por que has seguido trabajando para la misma empresa en el mismo puesto.

El hecho de que seas indefinido y no fijo, no afecta a la antiguedad que tienes en la empresa,

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