Es legal el porcentaje que cobro?

Actualmente me encuentrode baja por IT y los pagos los efectúa el Fremap, mi pregunta es lasiguiente . Empece cobrando el 80%, a los tres meses me rebajaron al 70%y el resto del tiempo hasta el día de hoy cobro solo el 60%; ahora queme han concedido la prorroga de seis meses mas en el IN SS que cantidad tengo que cobrar.

Respuesta
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La cuantía de la prestación por incapacidad temporal esta determinada por la base reguladora que es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 o 28, 29 si tiene salario diario).
Como ya sabrás los tres primeros días están exentos de pago en caso de enfermedad común y accidente no laboral y la cuantía de la prestación es del:
60% desde el día 4 hasta el 20 inclusive.
75% desde el día 21 en adelante hasta la fecha del alta medica.
En caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional:
75% desde el día en que se produzca el nacimiento del derecho cuantía que puede llegar al 100%.. por convenio convenio colectivo.. Todo lo que no se ajuste a esos porcentajes tiene que ser reclamado en la mutua o en el INSS, así que deberías de pasarte por la tesorería provincial del INSS de tu localidad para que en el supuesto de que tengas que reclamar a la mutua te indique el procedimiento a seguir, porque si estas en situación de incapacidad temporal la cuantía que tienen que pagarte el 60% los 18 primeros días y el 70% hasta que te den el alta medica, así que tienes que informarte de como te están pagando la prestación por IT porque esas cifras no son las establecidas por el ministerio de sanidad, para la incapacidad temporal..

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Incapacidadtemporal/RegimenGeneral/Cuantia/index.htm

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