Baja voluntaria sin preaviso ¿Pueden negarse a pagarme lo ya trabajado?

Empecé a trabajar en una tienda como dependienta hace justo un mes, pero me ha salido otro trabajo y debo incorporarme sin darle 15 días a mi actual jefe para buscar a otra persona. Me ha amenazado con no pagarme los 12 días que llevamos de mes, ni las horas extra que he trabajado ni el festivo de apertura que también trabajé. ¿Qué puedo hacer? Tengo un periodo de prueba de 2 meses y estoy contratada a 10 horas semanales aunque en realidad trabajo 40 horas. Este hombre es abusivo, ¿paga 600 euros al mes y trabajamos 42 horas semanales... Como no quiere que me busque otra cosa?

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Si estas en periodo de prueba, te puedes marchar de la tienda, cuando quieras sin tener que dar ningún tipo de explicación y sin la obligación de preavisar con antelación.. Por lo tanto si tienes un periodo de prueba de dos meses y solamente llevas un mes en la empresa, mañana mismo puedes dejar de acudir al trabajo sin dar ningún tipo de explicación, y bajo ningún pretexto te pueden descontar del finiquito ninguna cantidad de dinero porque no pueden hacerlo ya que es totalmente ilegal, y cuando te marches del trabajo te tiene que pagar los días que tengas trabajados hasta la fecha del despido, mas las horas extraordinarias y lo que tenga pendiente de pagar, sin tocarte ni un céntimo, y si no te paga todo el dinero que te corresponde, no firmes nada y si firmas al lado de la firma añades no conforme y encima de la firma la fecha del día en el que firmas el finiquito, y acto seguido te presentas en el Servicio de mediación de tu localidad y presentas una papeleta de conciliación por reclamación de cantidad como la que puedes ver en el enlace de mas abajo, y si en el acto de conciliación no reconoce la deuda, presentas la demanda pero esta vez en el juzgado de lo social, aunque no creo que haga falta porque tiene todas las de perder porque no te pueden penalizar con ninguna cantidad de dinero por marcharte sin previo aviso, porque durante el periodo de prueba tanto el trabajador o trabajadora, como el empleador o empleadora, pueden dar por finalizada la relación laboral en el momento que consideren oportuno, sin mas.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

Papeleta conciliacion:http://cartastipo.blogspot.com.es/2010/11/papeleta-conciliacion-reclamacion.html

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