Sobre nueva ley de empleadas de hogar

Comento mi caso y planteo las preguntas. A partir de febrero vendrá a casa una persona como empleada de hogar y trabajara 9 horas semanales. Según la nueva ley que regula esta actividad:
- ¿Cuánto tendría que pagar de seguridad social?
- ¿Cuánto tendría que pagar ella?
- ¿Qué derechos adquiere ante un posible despido en unos años?
- ¿Qué riesgo tendría si no la diese de alta en s.s.?

Respuesta

En relación a tu pregunta con respecto a la cuota de seguridad social te lo dirán en la agencia estatal de empleo cuando la des de alta,

Ella no tendría que pagar nada, en la oficina de empleo ya retiene su parte de cotización a la seguridad social.

REspecto del derecho a despido, tendrá derecho a una indemnización de doce días por año de servicio, con el límite de seis mensualidades y la extinción del contrato por parte del empleador, es decir por su parte, tendrá que ser obligatoriamente por escrito.

En cuanto a no darlo de alta en la seguridad social, al ser ya obligatorio por imperativo legal, el riesgo es que lo demande el trabajador a la inspección de trabajo y la consiguiente multa.

Saludos y no se olvide de valorar la respuesta.

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