Si te corresponden dos años de prestación por desempleo y tienes decidido darte de alta en el RETA como trabajador por cuenta propia o autónomo y tienes que solicitar en el INEM la prestación por desempleo antes de darte de alta en el RETA y cuando te vallas a dar de alta como trabajador autónomo, solicitas, la interrupción de dicha prestación para que puedas volver solicitar en el INEM la reiniciacion por el tiempo que te quede por consumir y por la misma cuantía que tenias antes de suspender la prestación, pero tienes que tener en cuenta que para que puedas solicitar la reiniciacion de la prestación el cese en la el RETA como trabajador autónomo tiene que ser por porque la actividad como trabajador por cuenta propia no se puede mantener por falta de trabajo es decir que para que estés en situación legal de desempleo y puedas reiniciar la prestación por desempleo el cese como autónomo tiene que ser por una circunstancia laboral, ajena a tu voluntad para que te encuentres en situación legal de desempleo porque si te vas tu sin porque quieres o porque ya no te gusta seguir como autónomo, en el INEM no te van a reanudar la prestación, además tiene que transcurrir menos de 24 meses porque si pasan 24 meses desde que solicitaste la interrupción de la prestación para iniciar la actividad por cuenta propia, hasta que vuelves a solicitar la reanudación de dicha prestación, pierdes todo el derecho para reiniciar la prestación por desempleo, pero si te das de alta en el RETA y no solicitas la prestación por desempleo esa prestación la puedes conservar durante 6 años pero para reactivarla tendrías que trabajar por cuenta ajena con un contrato de trabajo de al menos tres meses.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..