Lo primero decirte que en periodo de prueba la ley te dice que no tienes que preavisar, pero ni tú ni el empresario si queréis que la relación laboral se extinga, el preaviso solo se aplica una vez superado el periodo de prueba en el que es obligatorio para ambos, pero en periodo de prueba el articulo 14 del Estatuto de los Trabajadores te lo dice, ademas al ser una Ley Orgánica prevalece lo que diga sobre CUALQUIER convenio, contrato o anexo al contrato, es decir ese anexo está en fraude de ley y no se puede aplicar ya que contradice algo que regula una norma superior y por el principio de escala jerárquica de las normas la LEY está por encima de los CONVENIOS, CONTRATOS O ANEXOS AL CONTRATO, por lo tanto no has de preavisar y no te pueden sancionar por ello, te dejo el articulo 14 del estatuto para que veas donde lo dice:
Articulo 14 : periodo de prueba
2. Durante el período de prueba, el trabajador tendrá los derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe como si fuera de plantilla, excepto los derivados de la resolución de la relación laboral, que podrá producirse a instancia de cualquiera de las partes durante su transcurso. Esto quiere decir que ni tu ni el empresario tenéis que preavisar si queréis que la relación laboral no continué. Por lo tanto lo que deberías de hacer es denunciar a la empresa ante la inspección de trabajo, para que se pasen por la empresa los inspectores de trabajo comprueben la veracidad de la denuncia, y insten a la empresa a cumplir con lo pactado en el contrato de trabajo, y ya veras como la empresa cumple con lo establecido en el contrato de trabajo, o decides irte de la empresa cuando quieras sin nigun tipo de penalizacion porque etando en periodo de prueba te puedes ir cuando tu quieras sin dar explicaciones y sin tener que comunicarselo a la empresa.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..