Mi pregunta es... Me pueden despedir de forma voluntaria por pedir los días por matrimonio

Me pueden despedir de forma voluntaria por pedir los días por matrimonio

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¿Pero qué es eso de un despido voluntario?..¿Desde cuándo un despido es voluntario?.. lo que es voluntario es cuando el trabajador no quiere continuar en la empresa en la que esta trabajando y decide cesar de forma voluntaria sin presiones de ningún tipo Lo otro es un despido y además como mínimo es un despido improcedente aunque pudiera ser nulo por vulneración de un derecho constitucional como lo es el que la empresa despida a un empleado por reclamar alguno de sus derechos, y el permiso por matrimonio es un derecho del trabajador y de la trabajadora recogido en el articulo 37 punto 3 del ET.. por lo tanto los 15 días de permiso por matrimonio es un derecho que tienes y la empresa te los tiene que conceder obligatoriamente, y si se niega a concedértelos puedes denunciar a la empresa ante el juzgado de lo social, y si te despide antes de que presentes la denuncia en el juzgado, presentas una demanda por despido nulo ante el servicio de mediación y arbitraje de tu comunidad, pero si no quieres volver a esa empresa en vez de demandarla por despido nulo lo haces por despido improcedente, pero que te quede claro que si firmas un cese o una baja voluntaria te quedas sin indemnización y sin poder cobrar el paro en el supuesto de que tengas cotizado 360 días o mas, así que si la empresa se niega a concederte los 15 días de permiso por matrimonio no firmas absolutamente nada, y te presentas ante un sindicato ante el SMAC y presentas una demanda por despido irregular y y no se te olvide que el plazo para presentar ese tipo de demandas es de 20 días hábiles, así que ya lo sabes el despido siempre es una extinción del contrato de trabajo, que se produce a instancias del empresario, lo que da derecho a indemnización y el acceso al paro si se tiene derecho a cobrarlo.. Pero la dimisión, cese o abandono del puesto de trabajo es una extinción del contrato de trabajo que siempre se produce a instancias del trabajador, y no causa derecho a ningún tipo de indemnización ni al paro, así que mucho ojo con la que te quieren liar en la empresa y busca asesoramiento para que no te engañen y sepas lo que tienes que hacer para defender tus derechos como trabajador... Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

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