Condiciones de baja voluntaria ante el impago salarial.

Hola! Tengo una duda relacionada con el funcionamiento de art.50, 1b) de Estatuto de trabajadores. Ahí se expone que ante la falta de abono de salario o reiterados retrasos (mi caso) a partir de tres meses, puedo decir que me voy de la empresa y se me tiene que indemnizar, también mantendría el derecho a paro. Entiendo que tengo que poner una demanda ante el juez. Ahora las dudas:

- qué se considera un retraso de pago?

- tiene que ser un retraso consecutivo?

- si no soy capaz de mantenerme, puedo abandonar mi puesto de trabajo después de poner la demanda y buscar empleo? O tengo que seguir trabajando, aunque sea con pagos retrasados o sin que me paguen?

- cuánto tiempo suele tardar la sentencia? Me da miedo que no sea capaz de mantenerme ya que no recibiré indemnización ni tampoco el paro hasta que se haga efectiva la sentencia...

- mi empresa hace poco ha abierto un Expediente de Regulación de Empleo. No tiene nada que ver con mi departamento así que yo seguramente no estoy incluida, pero aún así - podría ser esto la excusa para que la empresa no tenga que pagarme la indemnización?

Muchísimas gracias de antemano por vuestra ayuda!

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