Si me despiden, con una indemnización correcta, y me

¿

? Si me despidieran con 45 días por año (llevaba dos años y medio) por falta de trabajo, y ahora volvieran a precisar de mis servicios, ¿tendría qué pagar parte de la indemnización por despido a a hacienda?

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El dinero de tu indemnización no tine retención IRPF y no se declara a hacienda.

me comentan compañeros que si te vuelve a contratar la misma empresa esa indemnización pasa ser rendimientos del trabajo por lo que entrarían en la declaración de la renta en la casilla pertinente y de esta manera tendría que pagar por ello.

gracias. Un saludo

Perdona tengo tantas consultas que voy un poco deprisa y no había visto lo de la nueva contratación. Efectivamente si te contratan antes de 3 años tienes que declararlo como rendimiento de trabajo.

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