La empresa puede poner todas las excusas que quiera, pero su obligación es la de pagar a sus trabajadores la cuantía estipulada en el contrato de trabajo o en el convenio colectivo con la regularidad acordada ya sea esta diaria semanal mensual o anual y si se retrasa o no paga el sueldo, los complementos, o las pagas extraordinarias así que si pasa el tiempo y sigue sin pagarte las pagas extraordinarias o lo que sea, y no te da una fecha para pagarte lo que te adeude, antes de acudir a la vía judicial, tienes que poner una papeleta de conciliación por reclamación de cantidad ante el SMAC que es un acto previo a la vía judicial para tratar se llegar a un acuerdo en la fecha de pago, y si el acto de conciliación se celebra sin avenencia entre las partes porque la empresa no reconoce la deuda contraída, entonces con el acta de conciliación en la que se indica la celebración del acto de conciliación pero sin avenencia, es cuando tienes que acudir al juzgado de lo social para continuar con la demanda por reclamación de cantidad, y sera una sentencia judicial quien obligue a la empresa a pagarte el dinero que te debe mas el 10% de intereses de mora. De todas formas te puedes informar en el SMAC de los pasos a seguir para iniciar todo el procedimiento cuyo adelanto puedes consultar en el enlace que te dejo a continuación.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..
HOLAMi empresa nos paga el sueldo cada vez más tarde, fecha 10 de cada mes en adelante... pero ahora nos devén la paga extra de julio, estamos a 11 agosto y no sabemos nada, porque no nos dan explicaciones. ¿Poodemos hacer algo para reclamarla? - ECI castellana