Contrato por horas

Hola buenas tardes. Estoy trabajando en una asociación con un contrato de 12 horas semanales dando clase a personas mayores y tengo un par de problemas: en primer lugar, las clases las imparto los martes y los jueves y duran una hora, pero una vez terminada la primera de ellas tengo que desplazarme cuarto de hora a otro lugar para dar la segunda, y me gustaría saber si ese perriodo de tiempo cuenta o no como jornada laboral, ya que si es así, son horas que quedan fuera del contrato y ya que no me las pagan me gustaría acumularlas para coger días libres, ¿es posible?. En segundo lugar, en el contrato de trabajo viene recogida una cláusula por la cual tengo obligación de asistir a una serie de reuniones de planificación, pero éstas se celebran fuera de esas doce horas mensuales de trabajo y ni me las reconocen ni me las pagan, ¿es esto legal?, ¿Podría contabilizar esas horaspara que me las paguen o me las den libres?. Muchas gracias.
Respuesta
1
Lamentablemente:
1.- No, no cuenta ese tiempo para sus horas laborales.
2.- Si se encuentran en el contrato, son obligatorias y debe cumplirlas, aunque no sean parte de sus horas de trabajo, pues no cuentan como tales.
Cualquier duda o pregunta adicional, sigo a sus órdenes.
Muchas gracias por visitarme en TodoExpertos.com.
Soy español. Gracias.
Permítame conocer su nacionalidad, yo sigo a sus órdenes.
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