Me deben 8 MESES de salario

Estoy muy preocupada porque me deban 8 meses de salario. Es un contrato en formación y termina en Enero de año que viene. La verdad es que no quiero que me lo renueven porque estoy trabajando sin cobrar. Me aconsejan que lo denuncie, pero no se que debería hacer. Si denunciar antes de que termine el contrato o cuando termine. Necesito

1 Respuesta

Respuesta
1

Si estas trabajando en una empresa donde llevan sin pagarte 8 meses y ademas no quieres que te renueven el contrato de trabajo algo muy razonable porque no se puede seguir trabajando en una empresa en la que a final de mes no ves ni un solo euro, lo mas aconsejable es que no esperes ni un solo día mas y interpongas ante el SMAC una papeleta de conciliación por reclamación de cantidad, y otra papeleta de conciliación solicitando la extinción del contrato de trabajo, por justa causa o incumplimiento de las obligaciones del empresario articulo 50 del ET lo que te daría derecho a una indemnización a la del despido improcedente y si reúnes el periodo de carencia para cobrar el paro,(360 dis) también tendrías derecho a cobrar dicha prestación, porque aunque la extinción del contrato de trabajo se produce a instancia tuya se trata de una situación excepcional originada por un incumplimiento del contrato de trabajo por parte empresarial, pero tienes que tener en cuenta que mientras se resuelve el contencioso laboral, tienes que seguir acudiendo a tu puesto de trabajo, porque si dejas de acudir al trabajo la empresa te puede despedir sin derecho a indemnización alegando abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.. De todas formas deberías de asesorarte en algún sindicato o en la oficina del SMAC y allí mismo te dirán como tienes que proceder `para interponer la demanda contra la empresa.. Un saludo y buena suerte..

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a50

Me lo has explicado muy bien, pero ahora me surgen otras dudas, si interpongo la demanda ¿mis jefes lo sabrían verdad? Es que los veo todos los días en el trabajo... Y si ellos alegan que no pueden pagarme. Me da miedo que sea un procedimiento muy largo...

Al interponer la demanda tu jefe se tiene que enterar a la fuerza, de que la demanda se la as puesto tu, pero eso no invalida la posibilidad de acogerte al articulo 50 del ET y de que te rescindan el contrato de trabajo por falta de pago, y tu jefe puede alegar lo que quiera, pero si en el acto de conciliación que ni tarda en solucionarse mas de tres meses, la empresa es declarada insolvente entonces se producirá la extinción del contrato de trabajo por justa causa, con derecho al paro y la indemnización y el pago de la deuda empresarial te la pagara el FOGSA con los topes establecidos para las indemnizaciones y para las deudas salariales que puedes consultar en el lace que te dejo a continuación.. Un saludo..

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas