Despido y contratación de otra persona en su lugar

Tengo la seguridad de que en los próximos días la empresa tiene intención de rescindir mi contrato de trabajo (indefinido) y no sé en que condiciones. En el trascurso de este año han ido despidiendo a bastante gente por distintas tandas en modalidades de despidos objetivos a 20 días por año y como despidos improcedentes a 45 días por año.
La gente que han despedido a 20 días por año y han denunciado, finalmente, han sacado sus 45 días, por lo que, entiendo que la empresa no ha podido demostrar la situación en la que dice que se encuentra cuando ha realizado dichos despidos.
Mi inquietud viene porque sé que tienen sobre la mesa C.V. De gente para sustituirme por un salario bastante inferior al mío y quería saber si, tanto si me despiden por 20 o 45 días, puedo denunciarlo e intentar que se declare el despido como nulo o, si por el contrario, si me dan los 45 días por despido improcedente, no puedo reclamar nada.
Muchas gracias por adelantado,

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La organización de la empresa, y por tanto la contratación es facultad de la empresa, por lo que no te sirve de nada el que vayan a contratar nuevos trabajadores.
Tienes que demandar para que te den los 45 días, solicitando la improcedencia del despido, pero no existe la posibilidad de solicitar la nulidad si no estás en alguno de los casos que contempla el Estatuto de los Trabajadores (Representante de los Trabajadores, maternidad, paternidad, lactancia, reducción por cuidado de menores y poco más).
Los que si pueden intervenir en el sentido de las nuevas contrataciones los los Representantes de los Trabajadores porque están sustituyendo trabajadores indefinidoos por temporales, y deberían denunciarlo en Inspención de Trabajo.

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