Retención judicial

Hola me llamo isabel y tengo una retención judicia por una mantención de mis dos niños, y me retienes 260 euros al mes y solo cobro 426 euros la ayuda del inem, y quiero saber si puedo que me rebajen la mantención de los niños, por que solo me quedo al mes 160 euros na más gracias
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Art. 608 de la Ley de Enjuicimaniento Civil "cuando se proceda por ejecución de sentencia que condene al pago de alimentos, en todos los casos en que la obligación de satisfacerlos nazca directamente de la Ley, incluyendo los pronunciamientos de las sentencias dictadas en procesos de nulidad, separación o divorcio sobre alimentos debidos al cónyuge o a los hijos. En estos casos, así como en los de las medidas cautelares correspondientes, el tribunal sería el encargado de fijar la cantidad que puede ser embargada".
Ésta es la única excepción a que la cuantía que no supere el Salario mínimo Interprofesional es innembargable.
Es decir, siempre que haya una sentencia en donde se diga qué cantidad es la que hay que dar por pago de alimentos, ésa será la cantidad a retener, aunque no supere el Salario Mínimo.
Lo único que podrías hacer es que te vuelvan a hacer una revisión de la cantidad que tienes que pasar por pago de alimentos, atendiendo a tu situación laboral actual.

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