Derechos Maternidad

Hola, buenas..!
A ver si me podéis ayudar, soy administrativa y llevo trabajando en un despacho de abogados 11 años en Febrero de este año me quede embarazada y cogí la baja por lumbalgia a mediados de julio por lo que no pude disfrutar de las vacaciones que son siempre en agosto (establecidas por la empresa ya que cierra), y quisiera saber si estas aunque pase el añó se me acumulan con mis dieciséis semanas por maternidad, en principio creo que sí ya que la enfermedad ha sido derivada por el embarazo según el Estatuto de los trabajadores pero quisiera que alguien me lo confirmara ya que el 2 de Febrero se me acaba lo de la maternidad y tengo que avisarselo a mi jefe esto más que tengo el derecho de 13 días más por lactancia, por lo que en vez del 02 de Febrero tendría que volver si esto fuera así el 21 de Marzo. Asimismo, alguien me podría decir cuanto tiempo puedo coger de excedencia y en cuanto tiempo se lo debería de comunicar a la Empresa.
Bueno, no se si me he explicado bien porque en estos momentos tengo un cacao mental que no veaía, por lo que os agradecería que me aclararais algo si podéis.
Gracias y un saludo, Maite.

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Efectivamente, tiene las vacaciones pendientes de disfrutar, y podrá hacerlas efectivas en cuanto finalice la baja maternal.
En cuanto a la excedencia, habría que ver el convenio al que pertenece, pero si este no dice nada, el plazo común es el mismo que si fuera a solicitar una baja voluntaria que sí figura en el convenio.
Solicíteles una excedencia especial para el cuidado de su hijo, y hágalo por medio de carta, haciendo constar la fecha en la que volverá, y que le firmen el recibí; en caso de que no se lo firmen envíela por burofax.
Para el plazo de duración habría que ver el convenio, pero lo normal son dos años.

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