Despido procedente por error involuntario

Trabajo de diseñador Gráfico en la industria gráfica,
mi trabajo consiste dibujar por ordenador y preparar la fotomecánica para la impresión en máquinas.
Tengo una angigüedad de cuatro años y medio y desde el principio he realizado estas tareas en exclusiva, siendo el único responsable de este dpto. En la empresa.
A veces cometo errores, pero hacía meses que no cometía ninguno, y el otro día me equivoqué en un pedido, un trabajo valorado en 800 euros que hubo que repetir (el error más grave en estos 4,5 años con muchísima diferencia, solo se han tirado 2 trabajos a la basura en 4,5 años)
Mi jefe me dijo que me iba a abrir un expediente y que si me volvía a equivocar me despediría de forma procedente.
La categoría reflejada en mi contrato es AUXILIAR DE TALLER (lo más bajo posible),
mi duda es,
¿Podría despedirme de forma procedente por un error? Y lo más importante,
¿Puede abrir expediente/ despedir por un error en una tarea que no va acorde a la categoría reflejada en mi contrato?

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Lo primero te puede despedir cuando quiera pero por ese motivo seria improcedente y segundo si tu categoría en contrato es menor y te hacen acer trabajos de mayor categoría deberías reclamar la categoría pues para recriminarte no tiene inconveniente en que tengas menor categoría en el contrato si te amenaza con expediente devuelbele la pelota con lo de tu categoría que de esta manera esta cometiendo fraude de ley
Hola, hoy me ha dado mi jefe el papel de la Falta Grave.
Me ha aplicado el articulo denominado: "La negligencia o desidia en el trabajo que afecta a la buena marcha del servicio" del convenio colectivo.
Me ha pedido que lo firme, ya que esto significaba que he sido informado de la falta por parte de la empresa,
pero le he dicho que si no le importa lo firmaría mañana por la mañana, y me he llevado mi copia que es esta:

Como puede ver hace mención al tema de los diseños y los archivos, cosa que creo que no debería haber puesto.
Lo del error al mismo cliente fue un fallo en un número que el cliente no revisó ya que yo le envié las pruebas y dijo que estaban bien,
y yo no tenía nada con lo que contrastarlo y comprobarlo.
Me ha dicho que si me vuelvo a equivocar me despedirá de forma procedente.
También me ha dicho que tenía muchos currículums con personas de mi especialidad.
¿Se puede alegar negligencia o desidia con los argumentos que redacta en el informe para un despido procedente?
No puedo leer lo que me mandas pero me imagino que todo la culpa y responsabilidad te la acjudica a ti tu eres trabajador por cuenta ajena tanto para lo bueno como para lo malo y no te pueden hacer responsable de que el cliente repasase o no las pruebas previas y las diera por buenas lo de los curriculuns mira mejor para el pero el trabajador actual eres tu yo en tu lugar no firmaría nada iría aun sindicato a que te asesoren y llevales el comunicado de la empresa y por ese motivo no seria despido procedente si no ya lo hubiera hecho
Gracias, este es el texto del parte que quiere que firme:
Muy Sr. nuestro:
Por medio de la presente, la Dirección de esta empresa le quiere manifestar su
descontento con la gestión que viene desarrollando de su puesto de trabajo.
Habiendo incurrido en Faltas de las consideradas graves por el convenio colectivo
estatal de "Artes Gráficas, Manipulados del Papel, Manipulados del Cartón y Editoriales
e Industrias Auxiliares".
Que en su artículo 10.2.3, apartado 8, sanciona como falta grave:
La negligencia o desidia en el trabajo que afecta a la buena marcha del servicio.
En concreto, se han detectado irregularidades en el desempeño de la labor que para esta
empresa desempeña, que se detallan a continuación:
Se ha utilizado material de pre-impresión que estaba descatalogado para el trabajo de un
cliente, lo que ha provocado que la producción de las etiquetas que éste había encargado
sea inservible lo que le ha causado a la empresa cuantiosas pérdidas económicas.
Ya se le advirtió que cuando se actualicen los archivos de los diseños de las etiquetas
debía borrar los obsoletos para evitar este tipo de errores.
Se da la circunstancia de que a este mismo cliente hubo que repetirle un trabajo de
papelería de oficina por otro error en el diseño de este mismo trabajador.
A pesar de la gravedad de estos hechos, la Empresa ha decidido no aplicar la medida
disciplinaria que marca el convenio colectivo para este tipo de faltas graves, consistente
en la suspensión al trabajador de empleo y sueldo de 3 a 15 días, si bien, le dirigimos la
presente para recordarle la necesidad de que actúe con la diligencia debida en el
ejercicio de sus funciones y con atento cumplimiento de las instrucciones recibidas para
su desempeño, puesto que de lo contrario, la Dirección de este centro se vería obligada a
adoptar las medidas disciplinarias que resulten oportunas.
Sin otro particular, le rogamos firme copia de la presente a los meros efectos de darse
por notificado del contenido de la misma.
Atentamente.
Según leo no te ban a sancionar solo te ban amonestar yo creo que lo que pretenden es asustarte por que si pudieran te aseguro te sancionarían firma como recibí y por si acaso pon con reserva de acciones he intenta hablar con ellos para que o bien te den la categoría o te den trabajos acordes a tu categoría y que refleja tu nomina y si estas afiliado a un sindicato consultales en tu categoría cuales son tus funciones tan bien podrías pedírselo a la empresa por escrito así tendrías alguna prueba en caso de demanda que aclarase tus funciones enmascaralo como así de esta manera sabiendo cuales son tus funciones te podrías preparar mejor para realizarlas no se si me entiendes si te puedo ayudar en algo más a tu disposición
He estado en el sindicato y me han recomendado que intente que me quite la sanción de manera amigable mediante una carta, para no tener que ir al cemac.
A mí no me conviene estar a malas con la empresa pero menos me conviene tener una falta grave ya que si tengo otra en 6 meses (cosa que veo difícil pero nunca se sabe) me puede despedir de forma procedente. ¿Es cierto? ¿Me puede despedir si tengo 2 faltas graves?
No sé si siendo un error involuntario por confusión puede alegar negligencia o desidia la verdad.
Intenta lo que te a dicho el sindicato lo de poner denuncia al cmac dejalo domo ultimo recurso y si te pueden despedir con 2 faltas graves pero siempre podrás recurrirlas y esperar que un juez dictamine poniendo previamente denuncia al despido

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