Cálculo finiquito vacaciones no disfrutadas

Buenos días, me gustaría saber cual es el periodo de devengo para calcular las vacaciones no disfrutadas que pertocan en el finiquito. Es decir, ¿se cuenta por año natural o desde que se acabaron las ultimas vacaciones? ¿En el caso de no estar de acuerdo con el finiquito que hay que hacer? ¿Se puede demandar a la empresa? ¿O hay que pasar antes por CEMAC? ¿CEMAC implica algún coste para alguna de las partes? Muchas gracias.

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Se cuentan por año natural, a no ser que en tu convenio se permita pasar vacaciones al año siguiente. Lee este artículo sobre el finiquito. Lee este artículo sobre qué hacer cuando la empresa no te paga o te deben cualquier cantidad de dinero por cualquier razón. Lee este artículo sobre cómo seleccionar abogado (incluso gratis) para casos laborales.
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Pero si yo siempre he hecho las vacaciones en agosto, ¿el calculo para saber cuanto me corresponde lo hago a partir de enero o del 1 de septiembre?
Si gastaste todas las vacaciones del 2009, entonces desde el 1 de enero.
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