Categoría Laboral, cobros en negro

Hace 10 años que estoy en una empresa, me cotiza Como AUXILIAR ADMINISTRATIVO y trabajo de Técnico-comercial, esto afecta a mi remuneración, ¿y a mi cotización en S.S. Donde puedo informarme? Gracias
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Tienes dos vías de actuación denunciar la situación ante la inspección de Trabajo y Seguridad Social o interponer demanda judicial conforme a lo establecido en el art. 137 de la Ley de Procedimiento Laboral (clasificación profesional). Dicha demanda deberá ir acompañada de un informe del Comité de Empresa o delegados de personal. Dicha demanda deberá ir precedida del intento de conciliación con tu empresa. También podrías optar por denunciar a tu empresa ante la inspección de Trabajo y Seguridad Social por infracción del art. 7.10 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social que dice que es una infracción grave:
Establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidas legalmente o por convenio colectivo, así como los actos u omisiones que fueren contrarios a los derechos de los trabajadores reconocidos en el artículo 4 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, salvo que proceda su calificación como muy graves, de acuerdo con el artículo siguiente.
Para adoptar cualquiera de las medidas anteriores podrás dirigirte a cualquier abogado laboralista que podrá asesorarte en los pasos a seguir.
Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales:
Gracias, veré como actúo y entrare en tu blog; así como quien no quiere la cosa, he sondeado al gerente, y me dice que no tiene en mente subirme la cotización de la s.s., sin embargo si la categoría Laboral, a vendedor. Con el mismo salario.
A preguntas de si la antigüedad de 10 años da un extra salarial, me dice que dicha subida esta congelada por acuerdo según convenio. Es cierto.
Si no me dices cual es tu convenio de aplicación malamente te puedo responder a la pregunta. De cualquier forma, suena raro lo que te dice, pues la congelación salarial daría lugar a que ese extra (¿antigüedad?) No aumentara con el tiempo pero no a su desaparición.
Hola de nuevo, la empresa es del Comercio de Mueble, CNAE 5244 y 52440, de
Catalunya. A mi también me suena raro" pero la contestación la dieron desde la gestoría.
Aparte de esto, el "Jefe empieza otra vez a someterme a Moving, con pequeños detalles, que por lo visto quiere que "Salte".
Bueno gracias y hasta pronto.
Por lo que comentas en tu consulta entiendo que la categoría que te correspondería según el Convenio del Comercio del mueble de Cataluña sería la de vendedor de 1ª por tener más de 3 años de antigüedad como vendedor. En cuanto el salario correspondiente al año 2009 (último año de vigencia del convenio) para el vendedor de 1ª sería de 868.95 euros, que sería el aplicable este año al no existir un nuevo convenio (me imagino que a esto se refería tu jefe cuando os decía que el salario estaba congelado). En cuanto al complemento que se paga a los 10 años de antigüedad no existe nada en el Convenio de aplicación.

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