Cambio comisiones por ventas

Trabajo en una empresa como comercial en la que cobro un salario base según convenio más el 1% de comisión sobre mis ventas.(Llevo 10 años).
Este año la empresa unilateralmente, durante tres meses lanzó una norma que es la siguiente:
Si a los clientes de mi cartera les vendía el doble de lo que habían comprado el año pasado me pagaban el 2% de comisión si no lo conseguía no me pagaban nada de nada.(0%). O sea un doble o nada.
¿Puede la empresa modificarme las condiciones de mis comisiones?, or que como era de esperar ninguno de los comerciales ha llegado al objetivo, con lo que durante tres meses la empresa se ha ahorrado un dinero importante en comisiones.

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No, tu empresa no puede modificarte el salario (tu salario total es el salario base más las comisiones, pero ambos se integran en el salario) de forma unilateral. Y menos si, como en este caso, es general. Lo normal es que esto se negocie con el trabajador, aunque luego el mismo lo rechace.
Sin embargo, todo depende de lo que se haya estipulado en el contrato, y cómo se haya hecho. Si se dispone una comisión del x%, la modificación realizada por tu empresa constituiría una modificación unilateral de las condiciones de trabajo. Si se pacta siempre y en cualquier caso una comisión mínima, lo mismo. Si no se pacta nada en el contrato, pues poco o nada podréis hacer. Si se ha realizado mediante un acuerdo escrito como anexo al contrato, si podríais exigir a la empresa. Pero si no está adjunto al contrato o es verbal, las posibilidades de éxito disminuyen considerablemente.
Lo bueno que tenéis a vuestro favor es que la modificación es general. Por lo tanto, si todos estáis unidos podréis plantear el tema de los Tribunales com muchas más posibilidades de ganar.
De todas formas, piensa que, si la empresa ha hecho algo así, es porque por alguna parte puede hacerlo (que no esté recogido en el contrato, o esté recogido pero haya una cláusula adicional, o pueda demostrar los motivos económicos de los que te hablaba anteriormente,...).
En cualquier caso, podéis (y os aconsejamos) acudir a un abogado laboralista para que os revise el contrato y os diga dónde está la laguna, cuáles son vuestras posibilidades, cómo debéis plantear el tema a vuestro jefe, los pasos a seguir,... Puede acudir uno de vosotros y exponer el caso a titulo personal, pero pagarlo entre todos. El peligro es que se establezcan condiciones diferentes para cada uno. Si no es así, y si como creo entender sois unos cuantos, 100 euros entre todos no es una cifra ni mucho menos excesiva.
Esperamos haberos orientado. Para cualquier duda o sugerencia, no dudéis en consultarnos a través de este medio.
Un cordial saludo, y no olvidéis puntuar
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Las comisiones las tenéis estipuladas por contrato.
No, no están reflejada en el contrato, pero desde siempre la hemos cobrado. Se reflejan en la nomina.
Al no estar relejada en contrato si que os pueden modificar el sistema de incentivos según la conveniencia de la empresa.
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El salario no puede bajarse, por lo tanto si tienes una cantidad pactada en función de unos objetivos la empresa debe respetarlo, solo se podría cambiar si ambas partes estáis de acuerdo y si la empresa mejora las condiciones, en este caso podría considararse una mejora ya que aunque si no vendéis no ganáis pero si vendéis ganáis el doble, pero solo podría imponer esta situación la empresa si estáis de acuerdo ambas partes.
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Tal y como dices, no puede cambiarte las condiciones pactadas y consolidadas. Puedes hacer una reclamación de cantidades ante el SMAC, que supongo que lo de hablar ya lo habrás probado.

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