¿Es legal que me descuenten media hora por cena y comida y que no me paguen nocturnidad?

Tengo unas preguntas sin responder por nadie y aver si alguien me las podría responder por favor!
Trabajo en un restaurante desde el año 2007 y cotizo por días trabajados tengo un contrato de fijo discontinuo.
1.-Empecé cobrando 7.44 euros hora y en febrero de este año por la crisis el director me dijo que me bajaban a 6.90 euros hora hasta que se mejorara esto de la crisis... Y aun nada de nada. ¿Es legal bajar el sueldo?
2.- Y a partir de Febrero o un poco antes nos empezaron a descontar media hora de trabajo por media hora de comida o cena. ¿ESO es LEGAL?
3.- No me pagan nocturnidad.. Muchas veces trabajo desde las 8 de la noche hasta las 2 de la mañana. ¿ESO es LEGAL?
4.- PEdi mi nomina de Junio (ya que solo te dan la nomina si tu la pides) y ponía que mi salario base era 260 euros y eso fue lo que cobre en Junio ( Vamos me cuadra por que calculo horas trabajadas y multiplico por 6.90 y daba eso) Pero en mi nomina pone:
DietAs 75e
Plus Transporte 70e
PARte proporcional pagas extra 43 e
Luego Total a Deducir: 26 euros (Es lo que me restan de SS, IRPF..)
Liquido a percibir 423 euros
Entonces me faltan 163 euros.. ¿Es leGal que no me paguen todo eso?

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Respuesta
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Te responderé pregunta a pregunta, en el mismo orden en que las fórmulas:
1.- Usualmente, los sueldos suben en función de lo que sube el nivel de vida, y en épocas buenas, las subidas suelen ser de un 2% o 3%.- En la situación actual, la vida no sube, sino que está bajando, por tanto siguiendo el mismo criterio, este año ha bajado aproximadamente un 1,5%, por tanto, sería legal que te bajasen el sueldo en esas proporciones, pero la bajada que te han hecho es de un 7,26%... algo exagerado según mi criterio. -No obstante, las condiciones las establece el empresario, y a ti te toca acatarlas o renunciar al trabajo... podrías denunciar esta situación, pero significaría tu despido, y además, tendrías que esperar años a que se resolviese, y total, por 10/15 euros de diferencia.
2.- No entiendo, si lo que me quieres decir es que si por ir a comer/cenar, te descuentan ese tiempo, o si te lo descuentan de tu tiempo trabajado.- En el primer caso, es legal, porque se considera que no estás trabajando mientras estas comiendo/cenando.... en el segundo caso, sería una aberración y una falta de escrúpulos impresionante por parte de tu jefe...
3.- Según en qué convenio regulador esté incluido el negocio, deberá pagar por nocturnidad o no... imagino que estará incluido en "Bares y Cafeterías" y en este convenio no se paga nocturnidad. -También hubiese sido ético que te expusiera las condiciones laborales en el momento en que entraste a trabajar-
4.- Deberías pedir las nóminas en todos los casos, ya que son los justificantes de tu sueldo. Si no quieres dar problemas, puedes pedirlas cada 3-4 meses, pero sería conveniente que las tuvieses en tu poder en todo momento... las puedes necesitar para cualquier cosa y si la empresa desaparece, ya no tendrás opción a tenerlas.
Si estás contratado a media jornada, es de suponer que esa nómina sería "legal" (sino, el sueldo mínimo, serían 625 euros). Si lo que te está pagando es una parte del mes o unas jornadas determinadas, estaría correcto, pero si es una jornada laboral completa, de 4 horas. Diarias, tendrías que cobrar esos 423 euros que indica la nómina,
No obstante, si tu estás de acuerdo con el salario por horas, las nóminas solo sirven como justificativo ante la SS. Social. Sería muy difícil hacer las nóminas cada mes, variando el numero de horas que trabajas, las cotizaciones, los extras, etc...

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