Despido objetivo tras despido nulo por despido objetiv

Hoy me he reincorporado a mi trabajo tras un despido nulo por razones objetivas.
El primer despido fue realmente por haberle denunciado a la inspección de trabajo, el cual le envío un requerimiento de que o me subían al nivel de mi compañero o incurrirían en una sanción muy grave por discriminación por razón de sexo. Le puse la demanda pero el juez para no trabajar vio un defecto de forma en el despido objetivo que me dio la empresa y lo hizo nulo solo por ese motivo a pesar de que también estaba muy probada la discriminación (carta de la inspección, testigos etc...).
Ahora nuevamente en el mismo día de mi reincorporación me dan otro despido objetivo. En la carta de despido me dice que me hacen una transferencia bancaria a la cuenta que usualmente utilizaban para mis nominas, pero esa cuenta la di de baja cuando me despidieron.
Obviamente no van a poder hacer la transferencia, ¿eso cuenta a mi favor para denunciarlos por improcedente al no poderlo hacer en el momento? No me han dado los 30 días de preaviso y me lo compensan con un mes pero tampoco me pueden hacer la transferencia por ese motivo.
Mi abogado los quiere denunciar por garantía de indemnidad, ya que el motivo real es que me han dado objetivo las dos veces por haberles denunciado.
Cuanto trabajo si el juez hubiera hecho su trabajo la primera vez.
Respuesta
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Supongo que el despido fue declarado nulo por defecto de forma, en este caso la empresa puede volver a despedirte, si realmente puedes demostrar que te han despedido por causas discriminatorias conseguirás la nulidad del despido actual teniendo la empresa muy difícil el volver a despedirte.
En caso de despido objetivo la empresa debe poner a tu disposición un preaviso de 30 días más una indemnización de 20 días por año, si logra demostrar el motivo no conseguirás más cantidad y si no puede demostrarlo tendría que abonar salarios de tramitación más una indemnización de 45 días por año trabajado, salvo que tú demuestres que ha existido discriminación, en este caso te corresponde la readmisión inmediata.
Supongo que estás asesorad@ y te están tramitando la reclamación judicial, si tienes pruebas con toda probabilidad conseguirás la nulidad del despido.
Perdona que te vuelva a molestar. ¿Realmente puedo ir a por lo de la indemnidad aunque me despidieran por objetivo, me dieran nulo por defecto de forma y me volvieran a despedir hoy por objetivo otra vez? La verdad es que puedo demostrarlo. Gracias anticipadas por la respuesta
y otra pregunta ¿cómo ves lo de la imposibilidad de que me puedan transferir la indemnización a una cuenta bancaria dada de baja cuando me despidieron hace 5 meses en el despido objetivo de hoy? O eso da igual. ¿Eso me beneficia?. En la carta de despido pone que simultáneamente a la carta de despido, me transfieren la indemnización pero no la voy a poder recibir. Gracias anticipadas por la respuesta
estoy asesorada pero siempre me gusta pedir segundas expertas opiniones. La verdad es que si cada uno hiciera su trabajo convenientemente no darían lugar a segundas partes y ataques graves de impotencia.
Gracias otra vez, no sabéis la tranquilidad y sosiego que proporcionáis altruistamente a la gente en momentos de autentica ansiedad e impotencia sobre todo cuando se atreven a denunciar los innumerables atropellos que sufrimos los trabajadores.
Si, si te han despedido por una causa discriminatoria y puedes demostrarlo tendrían que readmitirte.
Es la empresa la que debe hacer efectivo el pago de la indemnización, si tu demuestras que habías comunicado el cambio de cuenta bancaria la empresa no estaría cumpliendo con uno de los requisitos obligatorios en el despido objetivo y podría volver a ser declarado nulo por defecto de forma, pero si no lo has comunicado podría entenderse como un error sin mala voluntad. En cualquier caso podrás reclamarla a la empresa cuando lo creas oportuno.

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