Autónoma colaboradora ¿No pago s.s..

¿De la persona que me sustituya en mi baja de maternidad?... Mi gestor dice que por ser autónoma "colaboradora" no ...¿tiene razón? Yo creo que independientemente sea titular de la actividad o no... Soy autónoma y si que me bonificaría los seguros sociales de la persona que contrate ¿es así?

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1
No entiendo la pregunta, no... ¿a qué se refiere?
Hola:
Haber... hace poco salió una ley que a toda trabajadora por cuenta propia que estuviera de baja de maternidad y tuviera que contratar una persona para sustituirla, los seguros sociales no se pagan
Y mi pregunta es si yo que soy autónoma colaboradora (por ser colaboradora) tendría ese beneficio o no.gracias.
En la ley no hace referencia a autónomos colaboradores, por tanto no te puedo asegurar que en tu caso se aplique, se aplica a autónomos.
Conforme al artículo 1 del Real Decreto 11/1998 si se celebra un contrato de interinidad con desempleados para sustituir a un autónomo durante los períodos de descanso por maternidad da derecho a una bonificación del 100 de las cuotas empresariales de Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta.
Por otro lado el Real Decreto Ley 12/2001 en su disposición adicional segunda establece una bonificación de las cuotas de los autónomos sustituidos durante el descanso por maternidad del 100 por 100 de la cuota resultante de aplicar sobre la base mínima que corresponda, el tipo de cotización establecido como obligatorio en este Régimen.
Es decir, se contempla bonificaciones tanto en las cuotas del trabajador sustituto como del autónomo sustituido.

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