Seguiré cobrando el paro

Estoy cobrando el paro, mean ofrecido un trabajo de mes y medio, des pues de terminar este trabajo tendría derecho a continuar cobrando el paro. Gracias

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Criteria tal y como establece el artículo 212 de la Ley General de la Seguridad Social el desempeñar un trabajo por cuenta ajena de duración inferior a doce meses es una causa de suspensión de la prestación de desempleo. Esto quiere decir que una vez finalizada la causa de la suspensión, es decir el contrato de trabajo, podrías volver a retomar la prestación por desempleo que estabas cobrando siempre debiéndolo solicitar en el plazo de los 15 días siguientes a la finalización de la suspensión.

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