Pago finiquito incorrecto y preaviso

Al salir del ERES el 16 de Junio, llamé a la de RRHH de la empresa para ver cual sería mi situación. Me llama después mi jefe (ya que estoy en el ERES hasta esa fecha) y me dice que el ERES se va a acabar y se me terminará el contrato indefinido. Me despedirán.
¿Esto se puede considerar preaviso si es de esta forma?
Porque yo no tengo ninguna carta de preaviso firmada ni nada de nada ya que estoy en mi casa en el paro hasta que salga del ERE.
Es que de lo contrario el día que vayan a despedirme no tendrían que pagarme 30 días de salario por no preavisarme oficialmente.
- Y por otra parte cuando me den la indemnización y el finiquito y no la vea correcta, que pongo NO CONFORME y firmo, o solamente no conforme sin firmar. ¿E independientemente me puedo llevar los talones?

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Disculpa me puedes aclarar la situación... es que no he terminado de entenderte.
No tengo datos suficientes para responder a tu consulta. NO se que tipo de contrato tienes ni la antigüedad en la empresa, aclarame esto y si existe una lista aprobado por el estado nominativa en la que figure tu nombre...
Lo que desde luego te comento es que a la hora de firmar del finiquito no sucede nada si lo firmas, la jurisprudencia no da por terminada la relación laboral y si se detecta un error en los cálculos a posteriori siempre se puede reclamar cantidades en el juzgado de lo social.
Mira tengo un contrato indefinido. Mi empresa está dentro de un concurso a su vez voluntario porque hay mala situación económica.
Además estoy dentro del ERES que se acaba el 16 de Junio de 7 meses y pico de tiempo. Y el otro día me llama mi jefe por teléfono y me dice que no contarán conmigo a partir de esta fecha.
Como no tengo preaviso escrito de nada, por eso te pregunto lo de si verbalmente telefónicamente (el que me lo dijeran el día 2 de Junio) ya cuenta para el preaviso de los 30 días de despido objetivo que quieren hacer alegando economía y demás.
Y por otra parte en mi nómina cuando tenía de la empresa antes del ERES tenía el sueldo base, plus de convenio y los objetivos. Para el cálculo de la indeminacion se tienen en cuenta estos tres puntos, o luego me quitarán el de los objetivos para el cálculo. Que nómina he de coger. Porque he trabajado 3 años, y no sé cual he de coger, ya que los últimos 7 meses ha sido en el paro debido al ERE.
Gracias
Si tu contrato es indefinido y finalmente se ha resuelto tu despido no están en la obligación de preaviso. En tu situación lo que van a tomar como dato para el cálculo de los 20 días que te corresponden por año trabajado será la base de contingencia comunes para hallar el valor día y esta cuantía la multiplicaran por tantos días como te corresponda.
Los objetivos no cuentan para el cálculo, pero si la pagas extras devengadas y las vacaciones no disfrutadas.
Si en tu empresa hay representante sindical pide que vaya contigo a revisarla.
Espero haberte aclarado tu duda. Suerte

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