Horas extras y trabajar fuera de mi jornada laboral

Quisiera saber cuanto cuestan las horas extras trabajando en una tienda fotográfica bajo el convenio colectivo de la industria fotográfica. Mi jornada laboral es de 9:00 a 14:00 de la tarde de Lunes a Viernes y sábados de 10:00 a 13:30 y mi grupo de cotización es el 2º. Mi duda es:
Cuanto valen las horas extras del 2008, si varían respecto al 2009 y si además las realizo en horario nocturno o un día como un sábado por la tarde o un domingo, es decir un día fuera de mi jornada laboral como puede ser vísperas de reyes que este año cayó un domingo o días previos al mismo.
Me dice mi jefe que las horas extras si no las firma él no son válidas pero en su día me dijo que para cuantificarlas y demostrarlas lo hiciera a través del código mío de la caja y es lo que he estado haciendo y ahora me dice que no es válido y que para él no son horas extras y que no me las paga. ¿Me las tendría que abonar porque tengo como demostrar que he estado en la tienda un tiempo extra respecto a mi jornada laboral o tiene razón?.
Y otra duda para terminar; Le he dicho que me voy y que le entrego un papel con fecha del 4 de Mayo como que le doy 15 días. Él en ese día no paso por la tienda y no firmó pero se lo dije por teléfono y estaba enterado, hoy día 5 tampoco paso ... La pregunta es: cuando es válida la fecha del documento, ¿a partir de cuando él la firma o desde que se lo comuniqué aunque no haya firmado el papel?
Creo que ya está todo, gracias por la ayuda y por leerme después de esta tesis escrita.

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Entiendo que los precios de las horas extras que te interesan son las del 2009 te envío enlace donde puedes encontrar la tabla de precios de 2009 que varían en función de tu antigüedad sin variar su precio en función de cuando se realicen, si que es verdad que en caso de horas nocturnas te tendrían que pagar además de las horas extraordinarias el complemento de nocturnidad establecido en vuestro convenio en un 25% del salario base (para ello cogerías el salario base anual lo dividirías entre 1768 horas de jornada máxima anual y sacarías el 25% del mismo el precio resultante seria el correspondiente a la hora nocturna):
http://fes.ugt.org/artesgraficas/convenios/foto/2009/revision-salarial-2009.pdf
En cuanto a lo que establece si existe horas extras no es que tu jefe firme las mismas sino que efectivamente se realicen. Lo importante en este sentido es poder demostrar la realización de las mismas para poderlas reclamar judicialmente en el caso de que no te las paguen.
En cuanto a la fecha de comunicación es la de la llamada telefónica el problema es de prueba en cuanto a que se le ha comunicado pues me imagino que sera tú palabra contra la suya y podría negar haber recibido dicha llamada cosa que no pasará con la firma de la comunicación, así que intenta que te firme la comunicación con fecha 4 de Mayo.
Espero que todo lo anterior te haya servido de ayuda.
Tengo los tickets de todos los días que he hecho horas extras donde sale mi nombre y también está registrado en la caja, ¿he hecho fotocopias y he hecho un documento con todas ellas y sumado todas las horas extras . Con eso me vale perfectamente para demostrarlo en el caso de que se niegue a pagarlas?. Gracias
Perfecto evelyn un saludo.

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