Vuelta excedencia voluntaria

Hola,
Estoy evaluando la posibilidad de pedir una excedencia voluntaria de 6 meses en mi empresa para realizar un viaje. Ya lo he comentado con el dpto de Recursos Humanos de mi empresa y simplemente me confirmo las cosas que ya sabía por ley, es decir que no me pueden asegurar 100% un puesto a la vuelta, depende de los vacantes correspondientes a mi perfil en este momento. Sin embargo, tenía otra duda importante: suponiendo que no hay puesto vacante a la vuelta, ¿en qué momento se "rompe" la excedencia? ¿Puedo tener derecho al paro si me asertan que no habrá puesto de trabajo en los próximos meses? ¿Es legal?
Gracias.
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Si te niegan la reincorporación por escrito puedes tener derecho al paro. Hasta donde yo sé, con ese documento lo estaban concediendo, pero en los próximos meses, conforme está la cosa, quién sabe...
En cuanto a la reincorporación, cuando la solicites tienen que ofrecerte cualquier vacante de tu categoría o similar (hay que mirar cómo se definen los grupos profesionales y la movilidad funcional en tu convenio), y da lo mismo que dicha vacante se produzca 10 años después. Si no te la ofrecen es despido improcedente.
Muchas Gracias.
¿Cómo puedo asegurarme de que dicho documento todavía es válido y oficial? ¿Lo puedo preguntar directamente al INEM? ¿Otro organismo? ¿Un sindicato?
Y en el caso de que este escrito no sea válido o que mi empresa se niega en darme uno por cualquier razón, ¿qué recursos tendría para obtener el paro a la vuelta? ¿Trabajar unos días en una ETT por ejemplo puede ser un opción para recuperar mi derecho al paro?
LLevo 4 años trabajando y preparo este proyecto de viaje desde 2 años pero evidentemente quiero evitar estar en una situación "incómoda", sobre todo al nivel económico, a la vuelta, así que estoy investigando al máximo para evitar estos riesgos... Cualquier idea o sugerencia para que pueda irme con más tranquilidad está bienvenida!
Gracias
Es que no es que sea "válido y oficial". Es que hasta ahora, la situación de excedencia finalizada, sin posibilidad de reincorporación, la estaban considerando situación de desempleo. Eso lo sé, pero también sé que hace poco otro consultante me dijo que se la negaron. Aunque vete tú a saber porqué se la negaron realmente. Por supuesto por preguntar en el INEM no cobran.
Si en tu empresa se niegan a darte respuesta en el plazo de 20 días hábiles puedes poner una demanda por despido nulo, ya que se puede considerar un despido en el cual no conoces la causa. Si ganas la demanda serás readmitido. Si la pierdes, porque la empresa demuestre que no existe tu plaza, ya tendrás el documento que lo demuestra (la sentencia) para pedir el paro.
Si prefieres cobrar el paro después (te lo guardan 6 años) tendrías que trabajar al menos 3 meses en el nuevo empleo.

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