Recurso casación...

Hola, he recibido la sentencia del tribunal superior en la que por segunda vez fallan a mi favor. Ahora creo que la otra parte puede recurrir en casación y quisiera saber si existen unas cantidades mínimas para que puedan hacerlo, o si es habitual que se recurra en casación y que implica ello, si la sentencia variaría en algún caso. La otra parte es un ayuntamiento que realizo contratos en fraude de ley. Gracias
Respuesta
1
El recurso de casación habrá de fundarse en alguno de los siguientes motivos:
Abuso, exceso o defecto en el ejercicio de la Jurisdicción.
Incompetencia o inadecuación de procedimiento.
Quebrantamiento de las formas esenciales del juicio por infracción de las normas reguladoras de la sentencia o de las que rigen los actos y garantías procesales, siempre que, en este último caso, se haya producido indefensión para la parte.
Error en la apreciación de la prueba basado en documentos que obren en autos que demuestren la equivocación del juzgador, sin resultar contradichos por otros elementos probatorios.
Infracción de las normas del ordenamiento jurídico o de la jurisprudencia que fueren aplicables para resolver las cuestiones objeto de debate.
Estas son las causas por las que se tiene interponer el recurso de casación.
Normalmente si se suele interponer el recurso de casación, pero otra cosa es que el tribunal lo estime. Es muy probable que el tribunal desestime la demanda y en este caso no pasaría nada y tu seguirías llevando razón.
En la mayoría de los casos se presenta ganar tiempo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas