Horario para reducción de jornada

Tengo un trabajo de 08:00 a 13:30 y 15:00 a 18:00 de lunes a jueves y los viernes de 08:00 a 14:00 h. He pedido reducción de jornada hace una semana por guarda legal para atender a mi hijo de un año y medio, les notifiqué que el horario que voy a hacer desde el 1 de Abril es de 08:00 h a 15:00 h., hoy me contestan que no están de acuerdo con el horario, que según el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores dice que dentro del horario ordinario puedo pedir esta reducción y por lo tanto no puedo hacer hasta las 15:00 porque desde 13:30 hasta 15:00 es la hora de la comida y no es mi horario, tendría que hacer de 08:00 a 13:30 y de 15:00 a 16:30.
¿Tienen razón?, yo lo que he leído en internet es que mientras la empresa esté abierta desde 08:00 hasta las 18:00, yo puedo coger ese horario.
¿Puedes ayudarme? ¿Mi "horario" es válido, o la empresa tiene razón?

2 Respuestas

Respuesta
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Si tu empresa no cierra de 13,30 a 15,00 puedes hacerlo, aunque haya horario de comida. Tu eliges el horario, para eso pides una reducción.
muchíiiiisimas gracias, una cosa...
¿Con qué les justifico esta respuesta? Hay algún decreto, algún juicio que me sirva de "documento", alguna ley, artículo... no se, algo.
Gracias otra vez por tu rapidez, (me he quedado alucinado), esperaré un poco más haber si puedes responderme...
La ley es el Estatuto de los Trabajadores y la ley de igualdad, y juicios hay a montones, ya que todavía las empresas no quieren pasar por el aro.
Consejo: Toda solicitud/comunicacion de reducción de jornada por cuidado de menor, donde debes hacer constar, la fecha de comienzo, el porcentaje de reducción, y como estableces tus horarios repartidos en la semana, debes hacerlo por escrito, y entregarlo vía burofax a la empresa, ya que en caso contrario, con ese escrito acudes al juzgado de guardia y les denuncias. La resolución es de 1 mes.
Muy agradecido por tu atención, me has ayudado mucho, bastante. Creo que volveremos a contactar en breve para comentar el resultado.
Gracias.
Respuesta
1
Efectivamente tienes que reducir la jornada siempre que sea en horario laboral de la Empresa. En este caso tienen razón con lo que te han dicho

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