Despido disciplinario

Hola. Mi empresa me dio hace meses un despido disciplinario en represalia por haber ganado sentencia del Tribunal Supremo contra mi jefe por vulneración de derechos fundamentales. A parte de él, también fueron condenados el superior de éste y el director, así como la propia empresa por conocedores y consentidores del tema. Ahora deben abonarme una indemnización y poner los medios necesarios (según sentencia firme) para que no vuelva a ocurrir. Para ellos el mejor modo ha sido despedirme, alegando que entregué tarde mis últimos partes de confirmación por enfermedad (por cierto, el INSS lo ha declarado antes del juicio por despido ACCIDENTE LABORAL, prueba que se presentó en el mismo), que acudí al trabajo un día después de lo debido, etc... Según sentencia del Juzgado de lo Social se demuestra que no es cierto y que no actué de mala fe como decía la empresa. Yo interpuse demanda reclamando despido nulo, pero el juez lo ha dado por improcedente. La empresa no quiere que yo vuelva bajo ningún concepto, por lo que pagarán, pero tengo entendido que piensan recurrir. Yo sí he presentado aviso de recurso puesto que no estoy de acuerdo con abandonar mi trabajo y vuelvo a reclamar que sea declarado nulo. El tema es que el último salario que recibí fue por parte de Fremap en Julio de 2008, ya que es la fecha en que se resolvió el expediente de incapacidad por parte del INSS. Mi abogado me aconsejó no apuntarme al Inem y así lo hice. Pero claro, si ahora el recurso al TSJ va a tardar, ¿puedo apuntarme al paro para cobrar hasta que se resuelva? ¿Qué consecuencias podría traerme el hacerlo? Llevo 8 meses sin percibir nada de nada y la situación es crítica. Por otro lado, desde julio que me pagó medio mes Fremap hasta octubre que me despidieron, ¿quién debe pagarme esos meses? ¿Cómo lo reclamo? En la sentencia por despido la empresa debe pagarme desde la fecha de despido hasta la de la sentencia (hace unos días), ¿pero el tiempo que transcurrió en medio? Por otro lado, yo entré en el 91 y en el 96 me liquidaron para quitarme antigüedad en nómina; no estuve ni un solo día en el paro ya que fui baja el día 6 y alta el 7. En el juicio se reconoció la antigüedad del 96, ¿no puedo reclamar en el recurso la del 91? En cuanto a ser reconocido como Accidente laboral, ¿qué debo reclamar a la empresa? ¿Será multada por ésto? ¿Debo reclamar daños y perjuicios? He estado más de dos años de baja y aún continúo con tratamiento psiquiátrico y farmacológico, ya que el acoso duró 5 años, por lo que el daño fue tremendo.
Gracias por tu inestimable ayuda,

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Puedes pedir desempleo, pero si finalmente acabas cobrando los salarios de tramitación tendrás que devolver lo que cobres.
Como la empresa ha recurrido, si finalmente pierden el recurso tendrán que pagarte todos tus salarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la resolución del recurso, aparte de la indemnización que supongo que ya te habrán pagado. Si tú ganas tu recurso, aparte de pagarte esos mismos salarios tendrán que readmitirte.
En el recurso puedes pedir la antigüedad desde el 91 si la pediste en la demanda original.
Si el accidente fue laboral debes comunicarlo a inspección de trabajo y ellos verás si es materia sancionable. Por otro lado, el que sea accidente de trabajo te da derecho a cobrar el 100% del salario.
Me has sido de gran ayuda, gracias. No imaginas cuánto. Sólo quería aclarar unos puntos (espero no ser una molestia) : 1-¿Con qué fecha me apunto al desempleo? 2-Si soy yo quien pierde el recurso y vuelve a salir improcedente, ¿deben pagarme igualmente los salarios de tramitación hasta la nueva sentencia? 3-¿Pese a haber recurrido puedo cobrar la indemnización por despido que dictó el juzgado de lo social o parte de ella? 4-En la demanda mi abogado puso fecha antigüedad del 96, ¿aún así puedo reclamar en recurso la del 91 o ya es tarde? ¿Hay algún truco legal para hacerlo? Un cordial saludo y gracias por todo,
1- Cuando quieras, pero cada mes que pase es un mes que no cobras.
2- Que haya más salarios de tramitación depende de si ellos pierden su recurso, incluso aunque tú pierdas el tuyo.
3- Creo que no porque no es firme, ya que ellos recurrieron.
4- Ya es tarde. No veo ningún truco.
Super agradecida por la rápida contestación. Y por aclararme todas las dudas que tenía y tanto me preocupaban. Me parece que ha hecho un trabajo realmente bueno y volveré a consultar cualquier nueva duda que me surja en el futuro. Ha sido un servicio absolutamente profesional a parte de altruista.
Si hubiera puntuación, del 1 al 10 te daría un 20 (y no es peloteo).
Gracias por todo y un abrazo,

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