Despido disciplinario
Hola. Mi empresa me dio hace meses un despido disciplinario en represalia por haber ganado sentencia del Tribunal Supremo contra mi jefe por vulneración de derechos fundamentales. A parte de él, también fueron condenados el superior de éste y el director, así como la propia empresa por conocedores y consentidores del tema. Ahora deben abonarme una indemnización y poner los medios necesarios (según sentencia firme) para que no vuelva a ocurrir. Para ellos el mejor modo ha sido despedirme, alegando que entregué tarde mis últimos partes de confirmación por enfermedad (por cierto, el INSS lo ha declarado antes del juicio por despido ACCIDENTE LABORAL, prueba que se presentó en el mismo), que acudí al trabajo un día después de lo debido, etc... Según sentencia del Juzgado de lo Social se demuestra que no es cierto y que no actué de mala fe como decía la empresa. Yo interpuse demanda reclamando despido nulo, pero el juez lo ha dado por improcedente. La empresa no quiere que yo vuelva bajo ningún concepto, por lo que pagarán, pero tengo entendido que piensan recurrir. Yo sí he presentado aviso de recurso puesto que no estoy de acuerdo con abandonar mi trabajo y vuelvo a reclamar que sea declarado nulo. El tema es que el último salario que recibí fue por parte de Fremap en Julio de 2008, ya que es la fecha en que se resolvió el expediente de incapacidad por parte del INSS. Mi abogado me aconsejó no apuntarme al Inem y así lo hice. Pero claro, si ahora el recurso al TSJ va a tardar, ¿puedo apuntarme al paro para cobrar hasta que se resuelva? ¿Qué consecuencias podría traerme el hacerlo? Llevo 8 meses sin percibir nada de nada y la situación es crítica. Por otro lado, desde julio que me pagó medio mes Fremap hasta octubre que me despidieron, ¿quién debe pagarme esos meses? ¿Cómo lo reclamo? En la sentencia por despido la empresa debe pagarme desde la fecha de despido hasta la de la sentencia (hace unos días), ¿pero el tiempo que transcurrió en medio? Por otro lado, yo entré en el 91 y en el 96 me liquidaron para quitarme antigüedad en nómina; no estuve ni un solo día en el paro ya que fui baja el día 6 y alta el 7. En el juicio se reconoció la antigüedad del 96, ¿no puedo reclamar en el recurso la del 91? En cuanto a ser reconocido como Accidente laboral, ¿qué debo reclamar a la empresa? ¿Será multada por ésto? ¿Debo reclamar daños y perjuicios? He estado más de dos años de baja y aún continúo con tratamiento psiquiátrico y farmacológico, ya que el acoso duró 5 años, por lo que el daño fue tremendo.
Gracias por tu inestimable ayuda,
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Respuesta de joseaf2
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